La sanción a la firma ganadera y agricultura Palmeiras SA y el posterior rechazo al recurso fueron adoptados por las siguientes faltas administrativas: Cambio de uso de la tierra (comprobado por los funcionarios de la Dirección de Fiscalización y el informe de la Dirección de Geomatica), de 549,69ha.; haber realizado el cambio de uso de la tierra sin haber contado con la Declaración de Impacto Ambiental (entre 2010 y 2015); el ocultamiento de datos para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (situación que se configura en el art. 14 de la Ley N° 294/93 De Evaluación de Impacto Ambiental e incluso como hecho punible establecido en el artículo 5 inciso D) de la Ley 716/96; y ocultamiento de datos para la aprobación del informe de auditoría ambiental; para el cual se recomienda la apertura de un sumario administrativo a los funcionarios responsables del caso.
ANTECEDENTES. El establecimiento ganadero pidió una reconsideración al Mades por la sanción de 1.680 millones de guaraníes (20.000 jornales) que recibió por el supuesto desmonte de árboles, la alteración de cauces hídricos y la afectación de la vida silvestre del distrito de Corpus Christi, en Canindeyú.
El abogado Diego Aguilar Sanabria interpuso el recurso para la reconsideración de la sanción de 20.000 jornales impuesta a la empresa contra la Resolución N° 377/2020, representando a José Luis Andrés Manzoni Wasmosy.
El representante legal sostuvo que “considera injusta la calificación del hecho atribuido a mi defendido como la pena sancionada, por no ajustarse a la verdad de los hechos y que se hayan acreditado plenamente”.
La medida apunta que son tres las normativas presuntamente violentadas por Palmeiras SA en su emprendimiento de explotación agrícola. El informe oficial, tras la verificación in situ, “constató el cambio de uso del suelo a través del desmonte de área boscosa nativa realizado en varias parcelas de la propiedad y se encuentra totalmente mecanizada. Esta actividad afectó las condiciones naturales de la zona así como el hábitat de la vida silvestre”.
En aquella oportunidad las medidas adoptadas fueron entregadas al ministro Ariel Oviedo con el fin de revocar la resolución del sumario: El mencionado documento estaba firmado por Hugo Cardozo, el director de Asesoría Jurídica del Mades. La decisión del rechazo al recurso planteado por el establecimiento fue oficializada mediante la Resolución N° 10/2020, del Mades.
El caso fue remitido al Ministerio Público para la investigación y posterior sanción que corresponda en virtud a la Ley N° 716/96 “Que sanciona Delitos contra el Medioambiente”.