30 abr. 2024

“Los 13.846 imputados por violación de la cuarentena deben ser sobreseídos”

Ya no existe el decreto de emergencia sanitaria, y además queda como jurisprudencia que en un juicio alegaron que el hecho no es delito, es lo que mencionan abogados penalistas.

“El Estado tiene que hacerse responsable con estos 13.846 ciudadanos que fueron imputados por violación de la cuarentena, un delito que nunca se creó por ley”, es la conclusión a la que llegó el abogado Guillermo Ferreiro, defensor de la activista María Esther Roa, la única que llegó a juicio por este hecho. El tribunal de este caso la sobreseyó porque el hecho “no fue delito”.

A un acuerdo monetario, en una salida procesal fue a lo que llegaron muchos de los procesados por la Ley 716, que sanciona delitos contra el medioambiente, luego de que las autoridades dispusieran restricciones ante el riesgo de expansión del Covid en el país. Roa fue la única que no quiso aceptar el acuerdo y prefirió ir a juicio oral, donde el tribunal, integrado por los jueces Carlos Hermosilla, Sandra Farías y Héctor Fabián Escobar, la sobreseyó el año pasado. Esta resolución fue ratificada por Apelaciones, el pasado abril.

ES SOLO UNA FALTA. El abogado Ferreiro explicó que solo por ley se crean delitos y en este caso solo se trataba de una falta administrativa.

“Cuando empezó la pandemia estábamos de acuerdo con las restricciones, pero decíamos: ‘Cuidado que no hay un delito’. La gente de la Fiscalía ignora la ley, ignora derechos y siguieron adelante, avalados por los jueces de garantía, que son convalidadores, y estos tenían que haber sobreseído”, refirió sobre el punto.

Explicó que haber imputado por este hecho no tiene sustento legal y que “perseguir por un delito que no existe, eso sí es delito. Los funcionarios que llevaron adelante estas causas deben ser sancionados”, aseguró. Ferreiro expuso que se cometieron delitos en ejercicio de Funciones Públicas, según lo establece el Código Penal.

En cuanto a las personas que ya llegaron a un acuerdo, aceptando cargos y pagando una suma, refiere el profesional que hay que sacarles sus antecedentes y devolverles el dinero.

El planteamiento que hace se sostiene en que se puede hacer una revisión, ya que las autoridades “hicieron un acuerdo extorsivo para que acepten los cargos”, explicó.

Hace unos meses, el penalista José Casañas Levi mencionó que como el decreto de emergencia sanitaria se extinguió, toda persona tiene derecho a la revisión de su caso y se podría aplicar la retroactividad de la ley. Como un tribunal declaró que no fue delito, dijo que los imputados pueden eventualmente conseguir una indemnización.


Opiniones dispares
En medio de una pandemia que llegó de sorpresa, la fiscala Teresa Sosa dijo que no hay tipo penal que se podían aplicar en forma directa por transgredir el decreto presidencial; sin embargo, se empezó a imputar por la Ley 716.
La fiscala Sandra Quiñónez dijo que 15.000 víctimas se evitaron, gracias al trabajo para cumplir las medidas, entre ellas, las imputaciones.
Por su parte, la ministra Carolina Llanes dijo que los procesados no son delincuentes y que muchos no sabían cómo actuar en situación extrema y ya fueron imputados.


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