06 may. 2024

Licitaciones para seguros médicos deberán ajustarse al nuevo tope

Reglamento del PGN fija que entes que iniciaron procesos de contratación de seguros médicos deben ajustar sus pliegos a tope de G. 1.000.000. Acuerdos sin ejecución podrán cancelarse.

El Poder Ejecutivo hizo oficial ayer los anexos del Decreto 1145/19 que reglamenta el Presupuesto General de la Nación (PGN) 2019.

En la normativa se establecen los mecanismos administrativos y lineamientos generales que deben seguir las instituciones para la ejecución de su plan de gastos.

De acuerdo con el documento, las entidades públicas que hayan iniciado nuevos procesos de contratación de seguros médicos deberán adecuarse al nuevo tope. La Ley de Presupuesto estableció el límite del seguro en G. 1.000.000 por cada funcionario, lo que significó un recorte de G. 500.000 con respecto al 2018.

El reglamento promulgado estipula que en caso de que se haya adjudicado el servicio, pero no se firmó aún el contrato, el monto deberá ajustarse al nuevo límite; mientras que en caso de que se haya firmado el contrato, pero no se inició la ejecución, se deberá ajustar el monto o bien cancelar el contrato.

No obstante, hace una excepción para aquellas instituciones que ya tenían un acuerdo en ejecución antes de la promulgación de la Ley del PGN 2019. Estas entidades podrán ejecutar sus contratos normalmente, pero una vez terminados, deberán adecuarse al nuevo tope (ver la infografía).

El recorte al seguro médico fue muy cuestionado por diferentes gremios de funcionarios públicos, quienes ven este beneficio como un paliativo ante la falta de cobertura sanitaria del Estado. Sin embargo, desde el sector privado consideraron la medida como muy acertada, atendiendo la elevada rigidez del gasto corriente y la falta de espacio para la inversión.

RACIONALIZACIÓN. El Decreto 1145/19 establece también una serie de restricciones en busca de contener el crecimiento del gasto público.

En ese sentido, al igual que el año pasado, se fijaron límites a la contratación de servicios de catering (bocaditos) y a la utilización de los cargos vacantes.

Además, se prohibió la compra de obsequios, el pago de aguinaldos extras a los funcionarios y la utilización de fondos para retiro voluntario.

En cuanto a los depósitos de los fondos públicos, estipula que los entes podrán disponer como máximo del 30% de sus recursos de libre disponibilidad colocados en el BNF al cierre del 2018 y trasladarlos a bancos comerciales, a partir del 1 de marzo. Los recursos generados en el presente año, por su parte, sí podrán ser colocados libremente.

Con respecto al reajuste salarial otorgado a docentes, fija que para recibir efectivamente el aumento el Ministerio de Educación deberá certificar sus capacitaciones y evaluaciones antes del 12 de marzo.

Tras esta promulgación, el Ministerio de Hacienda se encuentra actualmente enfocado en el plan financiero, mediante el cual deberá topear el PGN 2019.

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