Hasta ayer a la tarde, el Congreso aún no remitió el proyecto de ley de autoblindaje, sancionado por Senadores la semana pasada.
La normativa reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional sobre la pérdida de la investidura.
Ahora se necesitarán dos tercios de votos en ambas cámaras para expulsar a un senador o a un diputado.
El artículo 9 de la propuesta señala que en el caso de una resolución condenatoria en el ámbito judicial, esta deberá ser debidamente fundada en los fundamentos de hecho y de derecho analizados en el proceso y ser consecuente con los principios de congruencia y razonabilidad, y la aprobación se deberá dar por mayoría de dos tercios de la cámara correspondiente.
Actualmente, se requiere mayoría simple, la mitad más uno de los presentes (13 votos en el Senado y 22 en Diputados) para remover a un legislador.
Ahora con este proyecto, en el caso de la Cámara de Senadores son necesarias 15 firmas para presentar un pedido de pérdida de investidura, mientras que en la Cámara Baja se requieren 27 rúbricas de legisladores.
Desde el Palacio de Gobierno confirmaron que el documento aún no fue remitido y que hoy estaría siendo recibido, debido a que aún faltaban firmas de parlamentarios.
Una vez recibido, el presidente de la República se tomará el tiempo para vetar como ya lo había hecho el año pasado, o promulgarla.