23 jun. 2025

Las áreas de fumadores no brindan protección

En su artículo 8, el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco señala que está científicamente probado que la exposición al humo de tabaco causa muerte, enfermedad e incapacidad.

Por ello considera imprescindible proteger la salud de los no fumadores mediante la prohibición total de fumar en espacios públicos cerrados, transporte y lugares de trabajo.

La ley aprobada en Diputados, en su artículo 3º, hace una lista de 5 tipos de lugares donde se prohíbe fumar: establecimientos sanitarios, de educación primaria y secundaria, medios de transporte, estaciones de servicios y espacios cerrados. En este último inciso, realiza una enumeración de diez lugares cerrados.

FÁCIL VIOLACIÓN. Sin embargo, las directrices del convenio marco señalan que una enumeración de lugares habilita la fácil violación de las normas, porque es imposible prever todos los sitios. Además, ya ocurrió en otros países que se ha eludido esta norma, cambiando la denominación del local: por ejemplo, en lugar de llamarlo discoteca, le denominan “punto de diversión”.

Por eso es que se recomienda que las normativas simplemente prohíban fumar en “todo” espacio cerrado de acceso al público o que sea un lugar de trabajo, algo que no cumple la ley de Diputados.

EXCEPCIONES. Aunque en el artículo 3º, la ley prohíbe fumar en determinados lugares cerrados, en el artículo 5 ya establece numerosas excepciones.

Así, señala que si cuentan con una superficie total mayor a 70 metros cuadrados, se podrá fumar en: ambientes donde se realicen reuniones formativas, de capacitación o esparcimiento, lugares de trabajo, centros comerciales, galerías, aeropuertos, terminales de buses, terminales ferroviarias y en todo local de expendio de alimentos.

ÁREAS DE FUMADORES. El artículo establece que en estos sitios mencionados “se podrá permitir fumar en áreas materialmente divididas y con ventilación adecuada”.

Esto contraviene la recomendación del convenio marco de la OMS, según el cual está comprobado que las secciones separadas de “no fumar” no protegen a las personas del humo de otros (de segunda mano). Tampoco protege el hecho de filtrar el aire ni abrir una ventana.

“La evidencia científica indica que solamente una prohibición completa del humo de tabaco es efectiva para proteger a los no fumadores”, asegura la OMS.

En nuestro país ya hay 15 municipios que, por ordenanza, establecieron que los ambientes cerrados deben estar totalmente libres de humo de tabaco.

Ahora, por ley, van a estar obligados a habilitar áreas de fumadores, donde cualquier persona que esté cerca -sea personal de servicio, de seguridad, etc.- va a estar expuesta al humo del tabaco.