20 abr. 2024

La Corte permite que Torres Kirmser cobre en tres partes

Accionante. José  Torres Kirmser, ex titular de la Corte.

Accionante. José Torres Kirmser, ex titular de la Corte.

Mediante un fallo de la Corte, el jubilado ex ministro José Raúl Torres Kirmser, actual decano de la Facultad de Derecho y representante ante el Consejo de la Magistratura, podrá percibir sus haberes sin problemas.

Esto, porque la Sala Constitucional hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad que planteó en contra del artículo 251 de la Ley de Organización administrativa de 1909, a más de los artículos 143 y 16 inciso f), de la Ley de la función pública.

Torres Kirmser había cumplido en abril de este año los 75 años, con lo que se jubiló como ministro de la Corte Suprema de Justicia.

Pese a ello, era aún decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción, donde también le eligieron como representante ante el Consejo de la Magistratura.

Con ello, según las citadas leyes, fue intimado para que optara por su salario o por la jubilación, ya que las mismas indicaban que no podía cobrar más de un salario, salvo la docencia.

ACCIÓN. Los ministros Miryam Peña, Gladys Bareiro de Módica y Manuel Ramírez Candia, en forma unánime, hicieron lugar a la acción del ex presidente del Máximo Tribunal de la República.

Torres señala que las citadas leyes atentan contra sus derechos y garantías. Violan los artículos 46, 47, 86, 88, 101, 102, 109 y 137 de la Carta Magna.

Sostiene que los haberes jubilatorios no son una remuneración, por lo que no se les puede privar de ellos. Afirma que las citadas leyes discriminan a los funcionarios jubilados y les dan un trato de inferioridad.

Miryam Peña, en su voto, alega que dice que la norma es un obstáculo legislativo para que los jubilados no vuelvan a acceder a la función pública. Dice que eso viola el principio de igualdad. Apunta que la Carta Magna solo señala como condición la idoneidad.

Ramírez Candia se adhirió a la posición. Además, apunta que las leyes atacadas violan el principio de razonabilidad, pues no existe coherencia entre motivo, medio y finalidad, pues no se puede saber cuál es la finalidad de excluir a los jubilados de acceder a la función pública. Con ello, admiten la acción de inconstitucionalidad.


La Sala Constitucional admitió la acción del ex ministro José Raúl Torres para poder cobrar su jubilación, a más de los salarios como decano de Derecho UNA y por el Consejo de la Magistratura.

Jubilación más el salario de UNA y CM
El ex ministro de la Corte José Raúl Torres percibiría casi 80 millones de guaraníes, teniendo en cuenta la dieta del Consejo de la Magistratura, su jubilación judicial y su salario de decano, más varias materias de la Facultad. Su acción fue presentada en abril pasado y ya tenía medida cautelar.


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