En ese sentido la diputada encuentrista Kattya González calificó de vergonzosa la postura por la Corte y que debe revisar dicha medida atendiendo que va en contra de lo que establece la Constitución Nacional y las atribuciones que la misma establece para los legisladores de ambas cámaras del Congreso.
“La Corte Suprema de Justicia debe revisar este criterio de inauditabilidad a la gestión del Ministerio Público puesto que contraría normas constitucionales básicas e indispensables en un estado de derecho cual es el control y rendición de cuentas públicas”, puntualizó.
La legisladora indicó que las excepciones a la regla pueden existir, pero no convertir la excepción en regla. “Es una vergüenza lo que resolvieron”, aseveró.
La Sala Constitucional de la Corte, integrada por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña Candia, declararon inconstitucional e inaplicable el artículo 2, inc. c) de la Ley Nº 5453/15, “Que reglamenta el Art. 192 de la Constitución Nacional, del pedido de informes”.
Los mismos argumentaron que se podría afectar la independencia en el trabajo de la Fiscalía.
La Corte Suprema de Justicia debe revisar este criterio de inauditabilidad a la gestión del Ministerio Público.
Kattya González,
diputada PEN.