Sin embargo, se mantuvo la fecha para el requerimiento conclusivo, desde la fecha en que se presentó la imputación fiscal. Es decir, el 19 de enero, con lo que la fecha para que presente su requerimiento conclusivo es para este 19 de julio próximo; o sea, dentro de 10 días.
Asimismo, el juez fijó para este miércoles 17 de julio, a las 08:15, la audiencia de imposición de medidas cautelares para el legislador colorado para quien la fiscala Patricia Sánchez había solicitado las medidas alternativas a la prisión.
De esta manera, el legis-lador está procesado por los supuestos delitos, pero hasta este momento, no fue citado a indagatoria, condición obligatoria para que la Fiscalía pueda presentar su requerimiento conclusivo.
Es que, para evitar cualquier tipo de nulidades por el plazo de la investigación fiscal, el magistrado tomó en cuenta la imputación que fue presentada el 19 de enero de este año, con lo que le había dado seis meses hasta el 19 de julio del corriente año.
No obstante, esto deja a la Fiscalía con la imposibilidad de pedir, en caso de requerirlo, un plazo extraordinario de investigación, ya que según la ley, debe ser presentado en un plazo de 15 días hábiles antes de la fecha fijada para el requerimiento conclusivo dado por el juez.
EL CASO. La imputación había sido ratificada el pasado viernes por la fiscala adjunta, Patricia Rivarola, luego de que haya sido devuelta en dos ocasiones por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Salta, que revocó la decisión del juez Miguel Palacios.
En el caso, la fiscala señala que el 3 de julio del 2020, el entonces diputado Hernán Rivas fue electo por sus pares como representante de la Cámara Baja, miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Alegaba que esto exigía la calidad de abogado, y el mismo había afirmado que era abogado ante el pleno, aún cuando no cursó la carrera. Para avalar esto, presentó su certificado de estudios del 12 de mayo del 2018, y un título de 9 de junio del 2020, ambos emitidos por la Universidad Sudamericana. No obstante, estos títulos no se pueden sostener su veracidad.