El hombre lideraba una estructura de venta de rifas con fines lucrativos, en Caaguazú.
La sentencia, firmada el pasado 23 de junio, se da en el marco del cumplimiento de la Ley N° 4716/12 que sanciona los juegos clandestinos y en concordancia con la ley de juegos de azar. Asimismo, esto queda como antecedente para promover el respeto a las normas legales que regulan la explotación de los juegos de azar a nivel país.
El presidente de la Conajzar, Carlos Liseras, en una entrevista radial, comentó que la condena se dio al impulsar el proceso durante estos años, y finalmente se encontró fehacientemente que esta persona explotaba clandestinamente esa modalidad de juego causando un perjuicio al patrimonio del Estado.
“No paga canon, no tributa, no está registrada, no tiene reglamento de juego, además que al no pagar canon está atacando directamente el presupuesto de la Dibén, ya que la Conajzar solventa el presupuesto de la Dibén”, añadió.
Recordó que para la explotación de juegos de azar debe haber un permiso de la autoridad competente.