De acuerdo con la normativa, el contribuyente interesado debe presentar la solicitud hasta la fecha del vencimiento para el pago del anticipo cuya suspensión se pretende, conforme al vencimiento que le corresponda al contribuyente según el calendario perpetuo.
Ese pedido deberá ser realizado a través del sistema Marangatu, ingresando con la clave de acceso en la opción “Suspensión Anticipos”. Allí, en el formulario electrónico deberá indicar el o los anticipos sobre los cuales se solicita la suspensión y, además, consignar toda otra información que sea solicitada.
La SET dispuso que el contribuyente del IRE podrá solicitar la suspensión de la tercera y cuarta cuota de los anticipos siempre y cuando sus ingresos se hayan visto afectados por el Covid-19. Además, de forma excepcional se podrá solicitar la suspensión de todas las cuotas en caso de que se haya tenido una disminución considerable de ingresos por el cese de actividades.