Aparte de las prestaciones económicas más conocidas como el subsidio por reposo y la jubilación, uno de los derechos ocultos, o poco promocionados del Instituto de Previsión Social (IPS), es la pensión ante la muerte de un asegurado titular o el jubilado, a los cónyuges, hijos o padres, dependiendo de cada caso y según lo que establece la normativa para la entrega del beneficio monetario (ver info).
Actualmente, más de 900 personas cobran la pensión de derecho habiente. La previsional, como entidad prestadora de servicios en seguridad social, tiene muchos beneficios que los asegurados desconocen, pero que se deben exigir por derecho, como la pensión de derecho habiente.
El abogado Carlos Cabral, director de Jubilaciones de la previsional, explicó que los beneficios económicos se enmarcan en los que se denominan subsidios, indemnizaciones, jubilaciones y pensiones. Las prestaciones de largo plazo cobran los familiares en orden excluyente, según cada caso.
“Los hijos menores cobran hasta los 18 años, los hijos mayores incapacitados mientras dure la incapacidad, en algunos casos de por vida. La viuda cobra mientras no se vuelva a casar. Para que tenga derecho tiene que tener 40 años o más de edad o si no recibe un beneficio por única vez”, detalló. Los padres del titular son beneficiarios, si no hay herederos o viudos.
CASOS. El abogado ejemplificó que si el sueldo del asegurado o jubilado es de G. 1.000.000, se otorga el 60%; es decir G. 600.000, dividido en 50% para la viuda y el resto dividido en partes iguales dependiendo de la cantidad de hijos.
El IPS ofrece el beneficio de mayor cuantía a los beneficiarios; en ese sentido, priorizan a los cónyuges, hijos o padres, pero finalmente, si no hay ningún vínculo directo, se otorgan los gastos fúnebres a quienes reclamen la prestación.
“No solamente reciben una prestación económica, sino también tienen asistencia en salud”, resaltó la licenciada Lourdes Lobo de Pereira, coordinadora de la Dirección de Jubilaciones, al tiempo de añadir que de la pensión otorgada se descuenta el 6% para la cobertura sanitaria.
La coordinadora de la Dirección de Jubilaciones resaltó la importancia de declarar a los beneficiarios padres, hijos, a la previsional para que puedan tener derecho a la pensión.
El tiempo de espera para acceder al beneficio depende de la entrega de los documentos y que los asegurados se acerquen en tiempo y forma para agilizar la entrega del beneficio.
Para recibir más información de esta prestación poco conocida que ofrece el IPS, los interesados deben acudir a la oficina del Edificio Facundo Machaín de lunes a viernes de 7.15 a 14.15, ubicado sobre Luis A. de Herrera entre Brasil y Constitución. Más informes al (021) 211-563.