En la medida que el Mtess vaya concediendo la suspensión de contratos a las empresas, se estará remitiendo al IPS la nómina de trabajadores afectados, explicó Mónica Recalde, directora general de Seguridad Social del Mtess.
Hasta ayer, el Mtess ya concedió 15 resoluciones de suspensión de contrato laboral. Mientras que la cantidad de solicitudes asciende a más de 50, que afectan a unos 2.000 trabajadores, según datos oficiales.
“La única condición para que el trabajador cobre su subsidio es que tenga su cotización realizada al mes de febrero del 2020; es decir, que la empresa haya abonado por su trabajador el aporte a IPS a febrero. El IPS debe presentar su calendario de pago”, agregó.
Desde la Previsional indicaron a este diario que hasta el momento no existe ningún mecanismo de pago del subsidio. Señalaron que aguardan el decreto reglamentario del pago de subsidio, que debe ser emitido como complemento del decreto reglamentario de la ley de emergencia económica.
Informales. Recalde aclaró que los trabajadores informales (que no figuran en IPS), integrantes de la nómina de obreros -presentada por las empresas en el pedido de suspensión de contrato- también estarán percibiendo el subsidio, pero a través del Ministerio de Hacienda.
Informó que los informales se deberán escribir en una aplicación web que desarrollará Hacienda.
La modalidad de pago del subsidio está definida en la reglamentación de la ley y podría a través del BNF o de billetera electrónica.