La semana pasada, la Sala Penal del Máximo Tribunal, integrado por la ministra Carolina Llanes y los camaristas Bibiana Benítez y Arnulfo Arias, habían declarado inadmisibles para su estudio las casaciones que promovieron las defensas.
Además de Enzo Cardozo y Rody Godoy, también fue condenada a 10 años de encierro la ex directora de Administración y Finanzas, Maristela Azuaga, cuyo recurso también fue rechazado.
Sin embargo, pese a que con esto, en teoría, las penas quedaron firmes, aún están pendientes de resolución las acciones de inconstitucionalidad que fueron promovidas por los encausados ante la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, que evitan que se ejecuten las sentencias.
TRES ACCIONES. En la Sala Constitucional hay tres acciones que están pendientes de ser estudiadas por los ministros César Diesel, Víctor Ríos y Gustavo Santander, que integran ese máximo Tribunal de la República.
La primera acción fue planteada por Enzo Cardozo, específicamente contra la resolución del 23 de abril del año 2021, del juez de Garantías Gustavo Amarilla, que elevó a juicio oral el caso contra los dos ex ministros y Maristela Azuaga.
La acción fue promovida por el entonces abogado de Cardozo, Víctor Dante Gulino, que atacó la resolución con el argumento de que el ex ministro tenía fueros por ser miembro del Parlamento del Mercado Común del Sur (Parlasur), con lo que no podía ser procesado. Esto está para resolución de los ministros.
La segunda acción fue promovida por el mismo ex ministro Enzo Cardozo, bajo patrocinio del defensor Público Carlos Arce Letelier, en marzo pasado, un día antes de promover la casación, en contra del fallo del Tribunal de Apelación Penal del 3 de marzo del 2023, que ratificó la sentencia dictada en el juicio oral. También se ataca la resolución del 28 de noviembre que los condenó.
La tercera acción fue promovida el 21 de marzo pasado, por el abogado Ricardo Preda, defensor de Rody Godoy, en contra de la sentencia del 28 de noviembre del 2022, y del acuerdo y sentencia del 3 de marzo pasado, que ratificó la resolución.
Estas últimas acciones, al ser promovidas contra sentencias definitivas, según el Código Procesal Civil suspenden los efectos de las mismas, sin necesidad de que la Sala Constitucional las declare.
Ambas acciones basan sus argumentos en que las causas ya estaban prescriptas, por lo que mal podría haberse dictado sentencia. Dicen que ambos fallos violan el principio de legalidad material por los criterios utilizados para suspender los plazos de prescripción.
De esta manera, hasta tanto la Sala Constitucional de la Corte no resuelva estas tres acciones, no se puede hacer cumplir las condenas de 10 años de prisión para Enzo Cardozo y Maristela Azuaga y 7 años para Rody Godoy.
Hubo desvío de G. 68.000 millones
Los tres condenados, los ex ministros Enzo Cardozo y Rody Godoy, a más de la ex directora de Administración y Finanzas Maristela Azuaga, fueron declarados culpables porque, según los jueces, se comprobó que desviaron G. 68.000 millones que tenían que ser destinados a la Federación Nacional de Productores Frutihortícolas (Fenaprofhp), para su distribución a agricultores de 188 comités de todo el país. Los tres encausados tienen arresto domiciliario.