06 nov. 2025

Fisco apelará a las retenciones para que los servicios digitales tributen

Plan.  Tributación quiere cobrar impuestos por los servicios digitales de firmas extranjeras.

Plan. Tributación quiere cobrar impuestos por los servicios digitales de firmas extranjeras.

En su estudio sobre el sistema impositivo vigente, la Comisión Técnica Tributaria recomendó al Fisco regular de manera expresa el gravamen a los servicios digitales prestados desde el exterior, principalmente los audiovisuales que no están asentados en el país, como Netflix y Spotify, entre otros.

Si bien estos servicios están gravados, en teoría, por el impuesto al valor agregado (IVA), en la práctica a la Administración Tributaria se le dificulta el cobro por la complejidad que requiere controlar el establecimiento permanente de estas compañías.

Ante esta situación, la SET alista un reglamento para que la tributación de estos servicios digitales se pueda realizar a través de retenciones mediante las procesadoras de tarjetas, ya que por este medio se realiza la adquisición principalmente de los productos audiovisuales.

El titular de la SET, Fabián Domínguez, señaló que en ese contexto están analizando la posibilidad de establecer que las procesadoras de tarjetas sean solidariamente responsables en caso de no aplicar las retenciones, de modo a tener un mayor control sobre esa actividad.

“Hoy, Netflix y otros servicios están ganando plata en Paraguay y tienen que pagar impuestos (…). Es nomás difícil controlar (el establecimiento permanente) y tenés que tener una buena estructura para hacer ese tipo de controles. Paraguay apuesta a la eficiencia, y es más eficiente retener a través de quien pagó a Netflix, solidarizándole en igualdad de condiciones. Entonces, el que no retiene es solidariamente responsable con quien no pagó el impuesto”, expresó.

Con respecto a las críticas respecto a la doble tributación, el subsecretario de Estado señaló que es un conflicto que se da mundialmente por la soberanía fiscal. Remarcó que la única forma de evitar que una compañía pague el mismo impuesto en dos países es a través de un convenio internacional, pero el Paraguay solo tiene este acuerdo con Chile y Taiwán.

Estas retenciones no aplican para aquellos productos adquiridos online que son despachados por Aduanas, ya que en ese caso la institución ya percibe IVA e ISC por cada bien que entra el país.

Hasta enero. Tras la promulgación de la Ley de Cine en julio de este año, la anterior administración inició el diseño de los mecanismos que permitirían hacer efectivo el cobro del impuesto a los servicios audiovisuales obtenidos por internet del exterior.

Los técnicos de la SET analizaron la experiencia de otros países en la aplicación del tributo y sus implicancias en la recaudación, de modo a idear una regulación clara y precisa.

De acuerdo con la citada legislación, la Administración Tributaria tiene tiempo hasta enero para diseñar el sistema de cobro a estas operaciones comerciales y las retenciones. El 50% de estas retenciones deberá ser transferido al Fondo Nacional del Audiovisual Paraguayo (Fonap), mientras que el otro irá 50% al Tesoro.