El pedido fue hecho por el coprocesado y abogado, Ardonio Sánchez, quien presentó el certificado de defunción, solicitó la extinción de la acción penal, el sobreseimiento y el levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre los bienes del mismo.
El magistrado señaló que el artículo 25, inciso 1, del Código Procesal Penal, indica como motivo de la extinción de la acción penal la muerte del imputado.
Con ello, afirma que corresponde hacer lugar a la extinción de la acción penal en contra del encausado Carlos Rubén Sánchez, a más de disponer el sobreseimiento definitivo del mismo.
Sin embargo, no hizo lugar al levantamiento de las medidas cautelares que pesan sobre los bienes que están sujetos a comiso especial. Esto, teniendo en cuenta la Ley 6431/2019 que crea el procedimiento especial para la aplicación del comiso, el comiso especial, la privación de beneficios y ganancias y el comiso autónomo.
Recordemos que los bienes de Carlos Rubén Sánchez son ahora objeto de comiso autónomo, y el juez había elevado este pedido a juicio oral, donde discutirán sobre si los mismos eran o no provenientes del lavado de dinero. Alega que la muerte del imputado no es impedimento para el comiso.