29 mar. 2024

Ex agentes de Senad son sobreseídos por acusación tardía

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Fiscales. Elva Cáceres y Osmar Segovia representaron al Ministerio Público en la causa.

Por un simple “error de cálculo”, dos ex agentes de la Senad, acusados de pasar informes a un narcotraficante, fueron sobreseídos porque la fiscala Elva Cáceres acusó el 20 de febrero del 2019, cuando la fecha era el 20 de enero del 2019. Después, en el juicio oral, la fiscala se allanó a la nulidad de la acusación.

El fallo favoreció a Ángel Manuel Almada Castro, ex jefe de la oficina regional de la Senad de Itapúa, y a Enrique Arrúa Galeano, ex agente especial, acusados de supuestos hechos de revelación de secretos de servicio y de la omisión de tomar las debidas diligencias (artículo 40 de la Ley de Drogas).

En el juicio oral ante los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Héctor Capurro y Yolanda Portillo, el 15 de marzo pasado, los fiscales Elva Cáceres y Osmar Segovia defendían la acusación.

Supuestamente, los dos agentes especiales antidrogas habían pasado datos al presunto narcotraficante Wilfrido Bareiro Vargas, alias Peloncho, actualmente en prisión.

Ya en el juicio, los abogados Francisco De Vargas, defensor de Almada; y Guido Mateo Cardozo y Rodolfo Carvallo, representantes de Arrúa, entre otras cosas, pidieron la nulidad de la acusación y el sobreseimiento definitivo.

Sostuvieron que la acusación fue presentada el 20 de febrero de 2019, cuando la fecha de acusación fijada por el juez era el 20 de enero del 2019. Señalaron que no hubo intimación al fiscal general, y que fue extemporánea por lo que solicitaron la nulidad.

Por su parte, la fiscala antidrogas Elva Cáceres se allanó al pedido, ya que entendió que la defensa tenía razón. Dijo que hubo un “simple error de cálculo” y que “no había mala fe” por lo que solicitó exoneración en costas.

Al final, los jueces señalaron que hubo una nulidad absoluta, ya que la acusación fue extemporánea, sin posibilidad de subsanar el error por lo que hicieron lugar al pedido, anularon la acusación y el auto de apertura a juicio, a más de sobreseer a ambos.

PRELIMINAR. El juez Mirko Valinotti, quien el 26 de setiembre del 2021 elevó el caso a juicio oral, señaló que la Acordada 237, del 20 de diciembre del 2001, disponía que los plazos procesales, los requerimientos conclusivos que vencían en enero pasaban a febrero. Esta resolución tuvo vigencia hasta el 15 de diciembre del 2021.

En el caso, la acusación se presentó el 20 de febrero del 2019, y al día siguiente, el juez interino Humberto Otazú intimó al Ministerio Público a presentar la carpeta fiscal.

La ex jueza Magdalena Narváez, el 26 de marzo del 2019, tuvo por recibida la acusación y fijó la preliminar. Supuestamente debía haber intimado al fiscal general a presentar el requerimiento en la causa.

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