De esta manera, una vez aprobado el mismo, se estarán recibiendo las solicitudes de comunicaciones asamblearias, de modificación de estatutos y otros trámites con alcance a esta Ley, según se informó.
Una vez emitida la disposición referida, el Ministerio de Hacienda estará comunicando nuevamente a todos los usuarios.
La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y de Beneficiarios Finales (Dgpejybf), informó, en ese sentido, a las personas y estructuras jurídicas, que el pasado diciembre de 2021 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 6872/21.
Esta referida Ley establece un régimen especial y transitorio para reconducción de Sociedades Anónimas (SA) incumplidoras de la Ley N° 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones”, modificada por la Ley N° 6399/2019, según informó la cartera fiscal.
La Cifra
6872
es el número de decreto referido a régimen especial y transitorio para reconducción de sociedades anónimas.