Estuve viendo materiales que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió y estaban en el buzón de mi perfil de contribuyente. ¿Próximamente se producen los cambios?
La Resolución General 29/2019 establece los códigos nuevos de obligaciones según la Ley de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario. Ahora mencionaremos los códigos de los impuestos a las rentas que serán dados de baja y de alta.
A. Pasan a la obligación 700 del impuesto a la renta empresarial Régimen General, con cierre el 31-12-2019, a partir del 1-1-2020, los contribuyentes inscriptos en las siguientes obligaciones:
Empresa Unipersonal-Personas Físicas y Jurídicas, obligación 111 Iracis General.
Contribuyentes inscriptos en la obligación 111 Iracis General y 134 Iragro Régimen Contable.
Contribuyentes inscriptos en la obligación 111 Iracis General y 135 Iragro Régimen Pequeño o Mediano Contribuyente Rural.
Empresa Unipersonal-Personas Físicas, obligación 144 Iracis Régimen Simplificado y 134 Iragro Régimen Contable.
Empresa Unipersonal-Personas Físicas, obligación 141 IRPC, impuesto renta pequeño contribuyente y 134 Iragro Régimen Contable.
Sociedades Simples, obligación 121 IRP impuesto a la renta del servicio personal.
Personas Jurídicas, obligación 144 Iracis Régimen Simplificado.
B. Pasan a la obligación 700 del impuesto a la renta empresarial Régimen General, con cierre el 30-04-2020, a partir del 1-4-2020, los contribuyentes inscriptos en las siguientes obligaciones:
Empresa Unipersonal-Personas Físicas y Jurídicas, obligación 111 Iracis General.
C. Pasan a la obligación 700 del impuesto a la renta empresarial Régimen General, con cierre el 30-6-2020, a partir del 1-7-2020, los contribuyentes inscriptos en las siguientes obligaciones:
Empresa Unipersonal-Personas Físicas y Jurídicas, obligación 111 Iracis General.
Empresa Unipersonal-Personas Físicas y Jurídicas, obligación 134 Iragro Régimen Contable.
D. Pasan a la obligación 701 del impuesto a la renta empresarial-Régimen Simplificado con cierre el 31-12-2019, a partir del 1-01-2020, los contribuyentes inscriptos en las siguientes obligaciones:
Empresas Unipersonales-Personas Físicas 141 IRPC impuesto renta pequeño contribuyente.
Empresas Unipersonales-Personas Físicas, obligación 144 Iracis Régimen Simplificado.
Empresas Unipersonales-Personas Físicas 141 y 135 IRPC impuesto renta pequeño contribuyente-Iragro Régimen Pequeño y Mediano Contribuyente Rural.
Empresas Unipersonales-Personas Físicas 144 y 135 Iracis Régimen Simplificado-Iragro Régimen Pequeño y Mediano Contribuyente.
E. Pasan a la obligación 701 del impuesto a la renta empresarial-Régimen Simplificado con cierre el 30-06-2020, a partir del 1-7-2020, los siguientes contribuyentes:
Empresa Unipersonal-Personas Físicas 135 Iragro Régimen Pequeño y Mediano Contribuyente Rural.
No obstante, las personas físicas que tuvieron ingresos inferiores a G. 80 millones en el ejercicio 2019 pueden cambiar el código de obligación del 701 al 702 IRE Resimple hasta el 31-10-2020.
F. Pasan a la obligación 715 del impuesto a la renta personal, con cierre el 31-12-2019, a partir del 1-01-2020 los contribuyentes:
121 IRP impuesto a la renta servicio personal.