24 abr. 2024

Empieza a rodar

La promulgación de la Ley de Fomento del Audiovisual abre una nueva etapa para una industria con un acelerado crecimiento en el país en los últimos años. Referentes del sector opinan sobre los beneficios que incorpora, qué falta ajustar y cuáles son los aspectos más relevantes que se deben contemplar en la reglamentación de la normativa.

Ley de cine

Por: Carlos Darío Torres / ctorres@uhora.com.py

Es un paso adelante para la actividad, opinan los protagonistas de la industria, quienes impulsaron la ley 6106/2018 de Fomento del Audiovisual, conocida también como “ley de cine”. Promulgada recientemente, en los próximos tres meses debe ser reglamentada, un proceso que nuevamente reclamará el acuerdo de los involucrados.

“Por de pronto, la ley es importante para que se tome en serio la carrera del actor y actriz en la sociedad, lograr ser profesionales, formales, para que todos los que trabajamos en cine tengamos más oportunidades en un sector muy descuidado hasta ahora”, afirma el artista Julio De Torres.

“Es algo que necesitábamos, por más que no estemos de acuerdo con algunas disposiciones; nos va a dar la posibilidad de enseriar el trabajo, impulsar nuestra producción y generar más fuentes laborales, siempre que la reglamentación salga bien”, agrega Lourdes Torres, de la Unión de Actores del Paraguay (UAP).

“La ley es necesaria. No es la ideal que quisiéramos en el sector, es la que produjo esta coyuntura político-electoral en el país”, agrega el actor y periodista Miguel López, expresidente de la Organización de Profesionales del Audiovisual Paraguayo (Oprap).

El videasta sostiene que se trata de una ley de fomento al audiovisual sin mayores especificidades, que deberá pulirse en la reglamentación pero que aporta el respaldo jurídico inicial para formalizar un sector que hasta hoy se desarrolla de modo desordenado, con numerosas carencias y transgresiones en cuanto a disponibilidad de recursos y cumplimiento de derechos laborales.

Desde 2005 hay propuestas de ley de cine, y los miembros de la UAP vienen trabajando en el tema desde 2014. Los actores habían preparado un borrador del proyecto. Ellos consideran que no queda mucho del proyecto original, pues fue modificado en las cámaras de Senadores y Diputados.

Punto de partida

La ley también crea el Instituto Nacional del Audiovisual Paraguayo (INAP), que dependerá de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC); el Consejo Nacional del Audiovisual, en el que los actores tendrán representatividad; y el Fondo Nacional del Audiovisual Paraguayo (Fonap).

La legislación fomentará la creación y la industria audiovisual, permitirá que el sector funcione y opere de manera autónoma y podrá contar con recursos propios , que provendrán de una retención impositiva y del uso de recursos del Tesoro.

“Con el INAP, el país contará con capacitaciones en todos los niveles, espacios de desarrollo de proyectos, apoyo a la creación y a las iniciativas de inversión audiovisual, fomento de la participación del país en mercados y festivales internacionales, además del desarrollo del archivo audiovisual”, afirma Ricardo Arriola Afara, director ejecutivo de la Cámara Paraguaya de Empresas Productoras de Cine y TV (Campro).

Uno de los recursos con los que contará el Fondo Nacional de Audiovisual Paraguayo será “el 50% de las partidas presupuestarias provenientes de retenciones impositivas derivadas de las operaciones comerciales de servicios audiovisuales, obtenidos por internet del exterior”, según el artículo 11. Estos fondos serán retenidos por los operadores de tarjetas de crédito y débito.

Esta disposición motivó preocupación y polémica, debido a que estaría creando un nuevo impuesto para los servicios conocidos como streaming.

La confusión radica en el hecho de que una retención de la misma naturaleza ya está contemplada en la ley 4868/2013, De Comercio Electrónico.

“Ese es el fondo principal del INAP. Fue uno de los mejores que se encontró. Aparte, se puede captar fondos de otros países, por ejemplo. Pero en la reglamentación hay que especificar bien cómo vamos a usar eso, porque tiene que ir también a educación y formación, no solo a producción”, sostienen los actores.

Ajustes

“En la reglamentación, lo que estamos proponiendo es que, para recibir recursos del fondo, se deben respetar los convenios colectivos y garantizar que un porcentaje de ese dinero sea destinado a los actores y técnicos”, afirman desde la UAP.

El gremio actoral también cree que algunas categorías no deberían ser subsidiadas por el Estado. “Una publicidad también es un audiovisual, ¿cómo vamos a subsidiar propaganda? Los recursos deben utilizarse para desarrollar la industria, no solo comercial, sino el cine alternativo, documental”, agregan.

“Es una ley cáscara con muchas omisiones. Tiende a favorecer a las empresas y arrincona a los productores independientes, sector donde actualmente se vienen desarrollando los trabajos de mejor calidad conceptual en cine nacional y el que más apoyo económico requiere”, dice López.

Tampoco contempla una representación diversa en su Consejo –y podría, porque es ad honorem–, lo que daría más garantías.

Los actores y actrices inicialmente fueron invisibilizados por las propias corporaciones. Pero por reacción de un grupo que se denominó Autoconvocados, lograron integrar dos consejeros para un sector capital en cualquier obra audiovisual.

El resto de los trabajadores del sector están diluidos en la expresión genérica artístico y técnico. La forma en que se elegirá al director del INAP tampoco es la ideal. “Al salir de ternas, si bien propuestas por los gremios, es definida finalmente por el Gobierno a través de la SNC; y eso generalmentese maneja por amistades y hasta por cupos políticos”, resalta.

Los cuestionamientos no terminan ahí. También genera ruido la definición de actor o actriz contenida en la ley, porque establece que cualquier persona bajo las órdenes de un director ya es considerada como tal. “Con ese criterio, aunque uno nunca haya actuado, por salir a escena ya es actor. Tiene que ser alguien que ha pasado por un proceso de formación. Una modelo que hace publicidad no es una actriz”, advierten.

A reglamentar

La ley debe ser reglamentada a más tardar el 5 de octubre, tarea que implica que las partes involucradas se sienten a negociar.

Además de la Cámara Paraguaya de Empresas Productoras de Cine y TV (Campro), la Mesa Multisectorial que negoció la normativa está conformada por la Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas del Paraguay, el Centro Paraguayo de Teatro (Cepate), Documentalistas del Paraguay (DocPy) y la Entidad de Gestión Colectiva de Actores del Audiovisual (Interartis). También tomaron parte la Organización de Profesionales del Audiovisual Paraguayo (Oprap), la Unión de Actores del Paraguay (UAP) y Salas Alternativas, así como la Municipalidad de Asunción y la Secretaría Nacional de Cultura.

“Con la Ley de Fomento del Audiovisual ganó el país, no solo el rubro audiovisual, ya que permite que se desarrolle un sector productivo, que genera mano de obra, que invierte y atrae inversión extranjera, lo cual resulta en oportunidades para que puedan dedicarse al audiovisual tanto jóvenes como profesionales de todos los rubros”, concluye Arriola Afara.

Cuestionamientos aparte, que podrán ser subsanados en la reglamentación, la ley es un paso adelante en la consolidación de una industria que empieza a florecer en el país. Ahora la película está más clara.

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HABEMUS INSTITUTO

La ley 6106 crea la figura del Instituto Nacional del Audiovisual Paraguayo (INAP), como un órgano técnico especializado, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía. El director ejecutivo de este organismo deberá ser de nacionalidad paraguaya, tener reconocida idoneidad y experiencia en el audiovisual, además de contar con formación universitaria en áreas afines al cargo. Será designado por el ministro secretario de la Secretaría Nacional de Cultura, a partir de una terna presentada por una Junta de Calificaciones ad honorem.

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POLÍTICAS AUDIOVISUALES

Un Consejo Nacional del Audiovisual tendrá a su cargo la elaboración de la política institucional del INAP. Este consejo estará presidido por el director ejecutivo del INAP y será integrado por representantes de: la Secretaría Nacional de Cultura, los ministerios de Hacienda y de Industria y Comercio, la Senatics, las organizaciones de profesionales artísticos, las organizaciones de profesionales técnicos vinculados a la producción audiovisual, las empresas productoras nacionales y las de distribución y exhibición audiovisual.

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RECURSOS

Para que se pueda desarrollar todo lo que establece la nueva ley de cine, se creó el Fondo Nacional del Audiovisual Paraguayo (Fonap), que será administrado por el INAP. Estos recursos se destinarán también a otorgar financiamiento total y/o parcial a los proyectos, acciones y programas generados o apoyados por el instituto.