18 abr. 2024

El sufragio es obligatorio, aunque no hay sanciones por no ir a votar

El asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Luis Alberto Mauro, aclaró que a pesar de que la propia Constitución Nacional refiere la obligatoriedad del voto, no existe sanción alguna para las personas que no acudan a votar.

Con miras a las elecciones.  Apoderados de partidos y observadores acompañan la auditoría de los maletines electorales.

Con miras a las elecciones. Apoderados de partidos y observadores acompañan la auditoría de los maletines electorales.

Inclusive el Código Electoral establece multas para las personas que no cumplan su deber cívico, pero finalmente no pueden ser aplicadas por la falta de una ley que haga efectiva la obligatoriedad del voto.

“En el Código Electoral incluso está establecida una multa para el que no vota, pero la ley salió incompleta; no dice cuál es el órgano perceptor de esa multa y qué destino se le va a dar a la multa; entonces, en la práctica es como letra muerte”, explicó el asesor del máximo organismo electoral.

Agregó que en nuestro país, a pesar de que la Carta Magna menciona que el voto es obligatorio, en la práctica es totalmente aleatorio. “Está a cargo del ciudadano; si quiere votar, vota; si no quiere votar, no vota, y no tiene sanción alguna”, dijo.

De esta manera la Justicia Electoral sale al paso de las supuestas sanciones para quienes no acudan a votar, que se viralizaron a través de las redes sociales.

“Estas sanciones que están corriendo y que acá también llegaron son absolutamente falsas”, aseveró.

Comentó que en el Parlamento se llegó a presentar tiempo atrás un proyecto de ley respecto a sanciones para quienes no acudan a votar, que quedó cajoneado.

“Lo que sí se presentó en el Parlamento es un proyecto de ley para establecer esas sanciones: que no va a recibir más becas, que no puede ser funcionario público, que no va a poder sacar su registro de conducir si no vota; todo eso no está vigente”, acotó.

Finalmente añadió que desde la Constitución Nacional de 1992 hasta hoy día nunca se aplicó una sola multa a un ciudadano por no acudir a votar.

“El que no vota no tiene ninguna sanción porque en la práctica no están estos organismos perceptores ni el destino para dar a esas multas. Desde la Constitución de 1992 hasta hoy día, jamás se aplicó una sola multa a un ciudadano por no votar, pero además es solamente multa (...)”, expresó el funcionario del TSJE.

“Falta una ley que haga efectiva la obligatoriedad del voto, porque la obligatoriedad está en la Constitución Nacional”, finalizó diciendo el asesor del máximo organismo electoral.

Recientemente se difundió a través de las redes sociales supuestas sanciones que se aplicarían a quienes no acudan a votar en las elecciones generales del 22 de abril, generando toda una confusión.

Se inició auditoría general de maletines electorales
Ayer se dio inicio a la auditoría general de los maletines electorales con el acompañamiento de observadores de la Unión Europea y apoderados de las distintas agrupaciones políticas que pugnarán en las elecciones del 22 de abril.
Esta auditoría se extenderá hasta el 20 de abril, de acuerdo al cronograma electoral.
El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jaime Bestard, garantizó una vez más a los apoderados la transparencia del proceso electoral.
“Con la auditoría general de los maletines electorales se podrá constatar la pulcritud del trabajo y la seguridad aplicada a las actas electorales”, resaltó Bestard.
Reiteró que el proceso electoral no fue alterado y se está trabajando con normalidad tras el inconveniente que se generó por el colapso de algunos estantes donde estaban almacenados los maletines electorales correspondientes al Departamento de Alto Paraná.
Para la autoría se realiza un sorteo, se selecciona un maletín por cada local de votación que es deslacrado ante los apoderados de las agrupaciones políticas y observadores que acompañan el procedimiento, luego se verifica si el mismo contiene los boletines de voto, actas electorales, actas de escrutinio y todos los materiales y útiles electorales que serán utilizados por las autoridades de las mesas receptoras de voto, según se informó desde la Justicia Electoral.