La legislación garantiza a las “trabajadoras el derecho a usufructuar el permiso por maternidad, que abarca desde el periodo prenatal, el nacimiento y el posnatal, a fin de permitir que, la gravidez, el parto, la recuperación y el reposo de la madre tras el parto aseguren su función procreadora sin comprometer su estabilidad económica y laboral”, según se informa en la web de presidencia.
La trabajadora goza de derechos como permiso por maternidad prenatal, nacimiento y posnatal, pago del subsidio, derecho a la lactancia exclusiva del niño y otros (ver info).
El permiso prenatal consiste en un descanso de dos semanas antes del nacimiento del niño, el posnatal establece el periodo de descanso de dieciséis semanas posteriores al nacimiento del niño, en caso de haberse optado por el permiso prenatal. De lo contrario, el descanso posnatal será de dieciocho semanas.
La cobertura del 100% de la prestación económica por el reposo estará a cargo del seguro social, que es el Instituto de Previsión Social (IPS), caso contrario el empleador se encarga del pago. La legislación también otorga al padre un permiso remunerado de 14 días a cargo del patrón.