El fiscal Juan Carlos Ruiz Díaz pidió la desestimación de la causa por exposición al peligro en el tránsito terrestre que pesaba contra Lorena Elizabeth Mendoza Coronel (30), a pesar de que, según la denuncia, ocasionó un brutal choque, produciéndole lesiones en la cabeza -con exposición craneal- a Iván Daniel Morel Lohri (28), según explicó la abogada querellante Jazmín Escobar.
Además, la profesional explicó que la mujer estaba bajo los efectos del alcohol, incluso resaltó que la misma se negó a realizarse la prueba de alcotest y recién accedió horas después del accidente, arrojando un resultado de 0,31 ml.
“El acta policial refiere que el resultado del alcotest no es válido, porque primeramente se negó, de igual manera el fiscal solicita la desestimación de la causa”, mencionó la letrada. Asimismo, expresó que la mujer es reincidente; es decir, ya cuenta con antecedente por conducir bajo los efectos del alcohol.
“El fiscal no tuvo en cuenta que la mujer es reincidente, tampoco le llamó a declarar a mi cliente, ni realizó otras diligencias investigativas”, lamentó Escobar.
El representante del Ministerio Público señaló en su escrito que Mendoza se realizó la prueba voluntariamente, sin mencionar que primeramente se negó cuando solicitaron los agentes policiales. Así también, manifiesta que para falta grave se debe sobrepasar 0,799 ml de CAAL (cantidad de alcohol en el aliento), situación que no se dio en la sindicada.
El Juzgado de Paz de Villa Morra hizo lugar a lo peticionado por el investigador y de esta manera se archivó la causa.
El accidente ocurrió en la noche del 13 de enero de este año, sobre la avenida José Félix Bogado y 21 Proyectadas, de Asunción. Morel estaba al mando de un automóvil Toyota Starlet y Mendoza, de una camioneta Kia Sportage.