Los Ministros de Defensa de los países aquí reunidos,
CONSIDERANDO:
Ø Que los países aquí representados acreditan una larga tradición de amistad y cooperación, particularmente entre sus Ministerios de Defensa y Fuerzas Armadas. En este sentido, los firmantes reconocen el importante incremento de actividades registradas en los últimos años en materia de cooperación para la defensa, actividades académicas, capacitación técnica militar y ejercitaciones conjuntas.
Ø Que como resultado de la reciente Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, se suscribió la Declaración de Banff, que alienta el establecimiento de instancias bilaterales, subregionales y regionales de cooperación en materia de defensa.
Ø Que en su carácter de ministros de países miembros y asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), ratifican lo estipulado en la Declaración del MERCOSUR como Zona de Paz (Ushuaia, Argentina, 1999), donde se acordó fortalecer los mecanismos de consulta y cooperación sobre temas de seguridad internacional y defensa existentes entre sus miembros y promover su progresiva articulación, así como avanzar en la cooperación en el ámbito de las medidas de fomento de la confianza y la seguridad y promover su implementación.
Ø Que el sostenido proceso de afianzamiento de la Paz y la Seguridad Internacional, consolidado por diversas iniciativas de gobiernos y grupos regionales, tales como la Declaración de Galápagos de diciembre 1989 estableciendo el Compromiso Andino de Paz, Seguridad y Cooperación; el Compromiso de Lima, Carta Andina para la Paz y Seguridad de junio del 2002; así como la Declaración de Zona de Paz Sudamericana suscrita en la II Reunión de Presidentes de América del Sur celebrada en Guayaquil en julio de 2002, constituyen hitos en pos de una articulación de objetivos comunes en materia de defensa y seguridad regional.
DECLARAN:
Ø Su firme apoyo a la soberanía, integridad e inviolabilidad territorial de los Estados como principios inalienables del Derecho Internacional, como así también en su calidad de consensos básicos adoptados por la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). En este sentido, abogan por la comunicación y el tratamiento bilateral previo de ejercitaciones o cualquier otra acción militar que un país de la región realice con eventual incidencia sobre el territorio o población de una nación vecina, en plena observancia de los principios arriba mencionados.
Ø Su voluntad política de continuar contribuyendo a la paz y seguridad internacional a través de una participación activa en las misiones de mantenimiento de la paz bajo bandera de las Naciones Unidas, particularmente en la hermana República de Haití.
Ø Su adhesión a los términos de la Declaración de las Jefas y los Jefes de Estado y de Gobierno del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política -Grupo de Río- reunidos en ocasión de la XX Reunión Cumbre en Santo Domingo, República Dominicana, el 7 de marzo de 2008, sobre la violación de la soberanía y la integridad territorial del Ecuador, y su exhortación al pleno cumplimiento por todas las partes de los compromisos allí asumidos.
Ø Su apoyo al Consejo de Defensa Suramericano, iniciativa de la hermana República del Brasil, como una genuina instancia y un adecuado instrumento contribuyente a la profundización de la integración subregional y regional, al tiempo que un mecanismo eficaz y legítimo para avanzar y consolidar medidas concretas de confianza, cooperación y, eventualmente, complementariedad efectiva en materia de Defensa para nuestras naciones. En tal sentido ratifican su apoyo a la iniciativa argentina de establecer, en el marco del Consejo de Defensa Suramericano, un Centro Sudamericano de Estudios Estratégicos.
Ø Consecuentemente, su convencimiento de que la pronta puesta en marcha de todas las instancias de UNASUR y, particularmente, el Consejo de Defensa Suramericano, significará un salto cualitativo en el proceso de integración y desarrollo regional, para lo cual consideran relevante la designación del Secretario General de la organización y apoyan para ello la postulación del ex presidente de la República Argentina, Néstor Kirchner, presentada por el gobierno de Ecuador.
Ø Encomiar el actual proceso de reforma y modernización del sistema de Defensa del Paraguay, que exige la incorporación del Ministerio de Defensa Nacional a la cadena de mando, en el entendimiento de que dicha medida fortalece la subordinación constitucional de las instituciones de la Defensa a la autoridad civil legalmente constituida.
Ø Su apoyo a las legítimas reivindicaciones de la República Argentina respecto de sus derechos sobre las Islas Malvinas y al cumplimiento de las resoluciones dictadas en el ámbito de las Naciones Unidas que exhortan al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a iniciar negociaciones respecto de la disputa de soberanía sobre el referido archipiélago, convencidos de que el mantenimiento de situaciones coloniales resulta incompatible con los ideales de paz, seguridad y cooperación en el subcontinente.
Ø La importancia de recomendar una coordinación más eficaz, en los ámbitos de competencia de los Ministerios de Defensa, en lo que respecta al control internacional de actividades ilícitas, siempre en el marco de las normativas y competencias vigentes en los Estados aquí representados.
Asimismo, DECIDEN:
Ø Asumir un compromiso activo de mantener el diálogo, la consulta y la coordinación en materia de Defensa y seguridad internacional, en armonía con los principios y propósitos consagrados en el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), así como con los principios y objetivos específicos adoptados en el estatuto del Consejo de Defensa Suramericano. En tal sentido, se acordó constituir un espacio de comunicación permanente entre los Ministerios de Defensa de los cuatro países signatarios, abierto a la futura participación de todos los países latinoamericanos que así lo soliciten.
Ø El establecimiento de un Grupo de Trabajo Conjunto de Estudios en Materia de Defensa Regional entre los respectivos ministerios que, comenzando por el análisis del rol de la Defensa en la salvaguarda y protección de nuestros recursos naturales, concebidos como “activos estratégicos comunes”, coadyuve al avance en la elaboración y construcción de una identidad y doctrina subregional en la materia, como contribución al Centro Sudamericano de Estudios Estratégicos.
Ø La constitución de un Grupo de Trabajo cuya misión será la de examinar y presentar alternativas referentes a la posible estructura, naturaleza y parámetros de funcionamiento de una eventual “asociación de compradores” de insumos, equipos y servicios para la Defensa, integrada por los estados aquí reunidos. Dicho estudio, deberá iniciarse en aquellas áreas de potenciales adquisiciones, como el equipamiento de uso común en operaciones de mantenimiento de la paz, bajo mandato de las Naciones Unidas.
Ø La conformación de un Grupo de Trabajo, con el objetivo de compartir experiencias en el área del Derecho Militar y sus ámbitos en relación con la Justicia Ordinaria, con la finalidad de aprovechar las mejores prácticas y los procedimientos más apropiados, que tiendan a garantizar el debido proceso, el respeto de los Derechos Humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario.
Finalmente, DISPONEN QUE:
Ø A los efectos de concretar las decisiones adoptadas en la presente declaración, cada Ministro designará un funcionario de rango Secretario o Subsecretario de Estado para que conformen una Instancia de Coordinación que, en el lapso máximo de 60 días, elevará a los Ministros de Defensa las correspondientes propuestas de trabajo y cronogramas de ejecución, tarea que inicialmente será asumida por el Ministerio de Defensa de la República Argentina, previéndose posteriormente una rotación anual de esa coordinación por orden alfabético.
Los ministros desean encomiar la iniciativa del Ministerio de Defensa del Paraguay al haber convocado a este importante encuentro ministerial, así como su profundo agradecimiento por la hospitalidad y calidez con que fueron recibidos.
Dada en Asunción, República del Paraguay, a los seis días del mes de abril del año dos mil nueve.