18 dic. 2025

Cuestionan proyecto que pretende modificar Ley de Derechos de Autor

El plan, de los diputados Hugo Rubin y Óscar Tuma, propone modificar tres artículos de la Ley 1328/98. La Dirección Nacional de Propiedad Intelectual indicó que si se aprueba, se violarán convenios internacionales.

Involucrados.  Los músicos reciben periódicamente dinero por sus derechos autorales.

Involucrados. Los músicos reciben periódicamente dinero por sus derechos autorales.

Por Adrián Cáceres

adrian-caceres@uhora.com.py

El proyecto de ley Que modifica los artículos 138, 139 y 141 de la Ley N° 1328/98, de Derechos de Autor y de Derechos Conexos, presentado por los diputados Óscar Tuma y Hugo Rubin, generó el debate entre los sectores involucrados con los derechos de autor.

Sociedades de gestión como Autores Paraguayos Asociados (APA), la Entidad Paraguaya de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, además de la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi) rechazan la propuesta. Justamente, el estudio del plan fue pospuesto por 30 días el pasado 19 de marzo. “El proyecto plantea que lo relacionado con derechos de autor y conexos tenga un mejor manejo”, explica Hugo Rubin.

Señala que cuando se habla de derechos de autor y derechos conexos, están involucrados los autores, productores, e intérpretes, quienes “tienen asociaciones o sociedades de gestión que actúan de manera independiente, y muchas veces sin ningún tipo de fiscalización”.

“Paraguay tiene convenios internacionales sobre Derechos de Autor, pero hasta ahora (los ingresos percibidos por los derechos) se manejan de manera caótica, desordenada, y hasta en términos dudosos”, manifiesta Rubin.

El proyecto presentado pretende crear una Comisión Arbitral dentro de la Dinapi, para fijar las tarifas a ser abonadas por los derechos de autor, en una “ventanilla única” dependiente del Estado, aunque tras la polémica, el diputado estima que el proyecto sufrirá modificaciones, o podría ser retirado, “sin ningún problema”.

Transgresión. Sin embargo, la titular de la Dinapi, Patricia Stanley, dijo que el proyecto de ley plantea desprolijidades y, en caso de aprobarse, el país se expone a la apertura de un panel ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), por contravenir el Convenio de Berna y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio, aprobado por la Ley Nº 444/94.

“El autor es el que define cuánto va a cobrar. El Estado no tiene esa atribución, porque se volvería un Estado totalitario. Los derechos son propiedad privada”, refiere Stanley, indicando que lo más “peligroso” es que la Dinapi no fue consultada sobre el proyecto de ley de forma oficial, aunque sí de forma oficiosa. “El diputado Dany Durand nos remitió el proyecto de ley y nos preguntó qué opinábamos”, comentó la directora de la Dinapi.

Aun así, Stanley añade que hay artículos que se tienen que modificar en la Ley de Derecho de Autor. “Es una ley de 1998, el mundo cambia y las realidades económicas e históricas cambian”, apuntó.

No obstante, señaló que esta situación no impide que el Estado controle a las entidades de gestión, a las cuales el autor delega sus derechos patrimoniales para gestionar su repertorio o su obra. “Si los usuarios creen que una tarifa es injusta, pueden remitirse a la Dirección de Derecho de Autor, donde pueden abrir un mecanismo de mediación para llegar a un acuerdo con las entidades de gestión”, aclara.