24 abr. 2024

Corte revoca condenas por matanza de Curuguaty y absuelve a acusados

Sala Penal, integrada por camaristas, ordenó la libertad de los procesados. Caso ocurrió el 15 de junio de 2012. Dejó 17 fallecidos, entre policías y campesinos. Derivó en el juicio político al presidente Lugo.

Libres.  Los campesinos procesados que fueron juzgados por la matanza de Curuguaty.

Libres. Los campesinos procesados que fueron juzgados por la matanza de Curuguaty.

La Corte, integrada por camaristas, revocó los fallos que condenaron a los acusados por la matanza de Curuguaty y absolvieron a todos los acusados, además de ordenar su inmediata libertad.

Los camaristas Cristóbal Sánchez, Emiliano Rolón y Arnaldo Martínez dictaron un fallo dividido sobre la resolución del caso del 15 de junio de 2012, en Curuguaty. El hecho derivó en el juicio político y destitución del entonces presidente Fernando Lugo.

Con esta determinación saldrán libres Rubén Villalba, condenado a 35 años de cárcel; Luis Olmedo Paredes, penado a 20 años; Arnaldo Quintana Paredes y Néstor Castro Benítez, sentenciados a 18 años. Los otros ya salieron.

Sobre la admisión de los recursos, Sánchez y Martínez votaron por estudiar los recursos de los 11 procesados. Rolón, por admitir solo los de los 4 condenados aún presos.

Después, respecto a los fallos, Sánchez votó por anular el acuerdo y sentencia del Tribunal de Apelación de Canindeyú del 29 de mayo de 2017; y también la sentencia del juicio oral, del 11 de julio de 2016, y ordenar el reenvío, para la realización de un nuevo juzgamiento.

Sánchez también votó por la libertad de los acusados por cumplir la pena mínima.

Por su parte, Rolón y Martínez Prieto votaron por la revocación de los fallos, y disponer en forma directa, la absolución de todos los acusados, con lo que disponen la inmediata libertad.

ARGUMENTOS. Cristóbal Sánchez hizo un análisis de los argumentos. Concluyó que las pericias se realizaron en forma ilegal, ya que no notificaron a la defensa.

Cuestionó que hubo falta de fundamentación de las resoluciones, que no se analizaron todos los aspectos cuestionados por la defensa en 112 errores y falsedades señaladas.

También que hubo indefensión de los campesinos, ya que se les acusó del homicidio tentado, y los condenaron por homicidio consumado, lo cual no fue advertido. Con ello, dice que hay que anular las resoluciones.

Por su parte, Rolón hace un recuento de los hechos el 14 de abril de 2012, hasta el día de la tragedia. Analiza los fallos y dice que hubo una fundamentación deficiente.

Que existe incongruencia entre los hechos acusados y los condenados. Además, no se determinó quién mató a quién y con qué armas, por lo que el fallo es infundado.

También que los errores son tantos que antes que hacer un nuevo juicio oral, habría que absolverlos directamente.

OFICIO. Cristóbal Sánchez, que presidió la Sala Penal, ante la inhibición de todos los ministros, informó que esta mañana librará el oficio para la libertad de los procesados.

En el caso podría haber una aclaratoria de oficio, ya que en el fallo aparece como que el camarista Arnaldo Martínez Prieto votó en el mismo sentido que Cristóbal Sánchez, por la nulidad de los fallos y el reenvío (página 59 del fallo).

Sánchez y Rolón aclararon a ÚH que efectivamente Martínez Prieto se adhirió al voto de Rolón para la absolución de los 11 encausados.

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