19 abr. 2024

Corte ratifica pena de 30 años para joven que violó y mató a su sobrino

Hubo voto dividido en la Sala Penal. En mayoría, se declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación. El hecho ocurrió en setiembre del 2016. Compurgará la condena en el año 2046.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 30 años de cárcel para Daniel Paredes Duarte, encontrado culpable de violar y matar a su sobrino de 7 años, ocurrido el 3 de setiembre de 2016.

Con voto dividido de los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa.

El hecho ocurrió en el interior de una estancia del distrito de Los Cedrales, propiedad del ex legislador Nelson Segovia. El niño pasaba la noche en el establecimiento ganadero con su tío, quien era el encargado.

Se probó en juicio oral que el joven sometió sexualmente a su sobrino, y le mató de cuatro puñaladas, conforme con el relato de los hechos que se dio en la sentencia.

En juicio oral, el 27 de mayo del 2019, los jueces Herminio Montiel, Marino Méndez y Zunilda Martínez Noguera, lo condenaron a 30 años de prisión por homicidio doloso y abuso sexual en niños. Saldrá en el año 2046.

El fallo fue ratificado por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, del Alto Paraná, por acuerdo y sentencia del 17 de setiembre del 2020.

La abogada defensora Jadiyi Mernes López planteó el recurso extraordinario de casación en contra de los fallos ante la Sala Penal, donde pidió la nulidad, y el reenvío para un nuevo juicio oral.

La defensa sostuvo que el juicio era nulo porque se basó en la declaración de los policías que escucharon la confesión del acusado, en violación a la ley.

Además, sostuvo que hubo falta de fundamentación, violación de reglas de la medición de la pena, porque supuestamente varios puntos estuvieron a favor del encausado, pero igual le condenaron a la máxima pena.

Benítez Riera y Llanes votaron por declarar inadmisible el recurso extraordinario debido a que no cumplía con todos los requisitos.

Sobre la supuesta declaración nula, señalan que la defensa no especificó el grado de relevancia para el fallo. Dice que lo que se pretende con el recurso es que la Corte se expida sobre algo ya estudiado y rechazan el recurso.

Ramírez Candia estudia cada agravio, y vota por admitir el pedido. Después, ya al analizar el fallo, dice que es nulo porque el Tribunal de Apelación no analizó cada uno de los agravios de la defensa.

Sobre la introducción ilegal por su lectura de las declaraciones de los policías, dice que los camaristas lo rechazaron porque no podían revalorizar la prueba, lo que no fue pedido. Al final, su voto, en minoría, es por anular el fallo de apelación y un nuevo juicio sobre la pena.


Primero había dicho que los atacaron dos desconocidos

El condenado Daniel Paredes Duarte, en su primera declaración ante la Policía, según los archivos periodísticos, había dicho que él y su sobrino de 7 años fueron atacados por dos personas.
Incluso declaró que se enfrentó a ellos, hasta que pudo escapar para ir a pedir ayuda, y cuando regresó halló muerto a su sobrino de 7 años.
Sin embargo, después terminó confesando ante los policías el crimen. También explicó que había abusado sexualmente del niño.
Además indicó que lo mató porque el niño iba a pedir ayuda a su madre por lo que Paredes forcejeó con su sobrino, le dislocó el brazo y le apuñaló cuatro veces.


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