La Sala Penal de la Corte anuló la pena de 18 años de cárcel para un hombre que había sido hallado culpable de matar a su vecino en una fiesta del Día de la Amistad, en el 2005. El acusado estuvo prófugo 8 años, hasta que le detuvieron.
La resolución afecta a Alcides Sosa, que había sido condenado a la citada pena, por el homicidio de Óscar Darío Vázquez, ocurrido el 30 de julio de 2005, en una vivienda del barrio La Amistad de Hernandarias.
En el juicio oral, las juezas Carmen Barrios, Lourdes Morínigo y Mirta Aguayo, le habían aplicado 18 años de encierro. Este fallo fue recurrido por la defensora pública Encide Mariela Balcazar, quien alegó violación del derecho a la defensa por el cambio de calificación, sin que hayan advertido al acusado.
El ministro Manuel Ramírez Candia, quien fue preopinante en el caso, entendió que efectivamente se constata que en el juicio oral cambiaron de calificación del hecho punible sin la debida advertencia al acusado.
Con ello, entiende que el fallo era nulo, porque se violaron derechos constitucionales. Los ministros Luis María Benítez Riera y Miryam Peña, se adhirieron al voto.
El juicio, ahora, deberá repetirse. El acusado Alcides Sosa estuvo prófugo hasta el 30 de enero de 2013.