02 may. 2024

Corte instará al Ejecutivo la aplicación de la pulsera electrónica

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió instar ante el Poder Ejecutivo al cumplimiento de la ley que establece el uso de pulseras o tobilleras electrónicas para casos de violencia doméstica, a fin de evitar más hechos de feminicidio.

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La pulsera funciona con un sistema de GPS que permite monitorear a los procesados.

Foto: elpais.bo.

El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tomó la decisión de enviar una nota al Poder Ejecutivo en la cual instarán a que se arbitren los medios necesarios y que las instituciones correspondientes puedan implementar la ley del uso de las pulseras o tobilleras electrónicas en procesos judiciales.

Con esto, los ministros buscan evitar mayores casos de feminicidio y proteger a las mujeres que denuncian casos de violencia doméstica, informó el periodista de Última Hora, Raúl Ramírez.

La propuesta de instar al Ejecutivo fue realizada por Víctor Ríos Ojeda, de la Corte Suprema de Justicia, quien cuestionó la nula aplicación de la normativa en el país y aseguró que desde que se comenzaron a utilizar los aparatos electrónicos en Uruguay, los casos de feminicidio “se redujeron a cero”.

“Hace más de dos años se promulgó la ley, pero todavía no se ha aplicado. Realmente es una violación abierta a los derechos humanos. Desde la aplicación de la pulsera electrónica para casos de violencia contra la mujer en Uruguay, han disminuido prácticamente a cero los casos de feminicidio”, aseveró Ríos Ojeda.

Nota relacionada: Sancionan uso de tobilleras electrónicas para casos de violencia doméstica

Y añadió: “El incumplimiento de esta ley tiene costos muy altos en términos de vida. De las mujeres que han muerto a manos de sus parejas desde la aprobación de esa ley, estoy seguro que por lo menos un 90% de esas mujeres estarían todavía (vivas)”.

En ese sentido, enfatizó en que, como Estado Social de Derecho, el Gobierno no puede seguir postergando la aplicación de la Ley 5863, que establece el mecanismo de los aparatos electrónicos, sin dar respuestas efectivas a las paraguayas que piden protección.

El tema fue abordado este miércoles en sesión ordinaria de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), después de que el ministro Eugenio Jiménez Rolón anunciara que el Juzgado de Paz de Ñemby, Departamento Central, ya cuenta con las condiciones técnicas para la implementación de los expedientes electrónicos.

Asimismo, Jiménez Rolón señaló que en 20 juzgados de Paz de Central, durante el primer semestre de este año se recibieron 5.459 casos de violencia doméstica, lo que –dijo– “demuestra que estamos en una situación delicada”.

Por su parte, el ministro Alberto Martínez Simón manifestó que se cuenta con un plan piloto similar en tres juzgados de Concepción y que será trasladado a las localidades de Presidente Franco, Hernandarias y Ciudad del Este, del Departamento de Alto Paraná. No obstante, manifestó que los juzgados de Asunción y Central son los principales puntos donde debe ser implementado el sistema.

Varios ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) celebraron la noticia de que el Juzgado de Paz de Ñemby ya esté preparado para ello, pero lamentaron que a nivel país no se cuente con la infraestructura y los recursos necesarios para la ejecución de este sistema de control, pese a que la normativa ya fue promulgada hace más de dos años.

Lea también: Congreso aprueba que Ejecutivo regule uso de pulseras electrónicas

La Ley 5863 establece la implementación de los dispositivos electrónicos con un GPS de control, mediante la ejecución de un Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (Simdec) en los procesos judiciales.

En ese sentido, la normativa dispone monitorear al agresor, a fin de tener conocimiento de la ubicación exacta del mismo y así asegurar el normal cumplimiento de las medidas de protección, con el objetivo final de proteger la vida e integridad física de la víctima, mediante la inmediata presencia policial.

Según el artículo 11, referente a la “reglamentación administrativa” de la Ley 5863, “las actuaciones correspondientes al Ministerio del Interior y al Ministerio de Justicia en el ámbito de aplicación de la presente ley serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo”.

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