El fallo fue dictado por el ministro Alberto Martínez Simón y los camaristas Gustavo Amarilla Arnica y José Waldir Servín, quienes rechazaron la recusación contra la camarista Andrea Vera, y declararon inoficiosa la recusación contra su colega Arnulfo Arias, que se inhibió del caso.
El procesado Fernando Ramón González Karjallo había recusado a dos camaristas, Andrea Vera y Arnulfo Arias, por lo que el caso pasó a la Sala Penal de la Corte para la resolución. Esto tardó nuevamente, porque tuvo que ser integrada por camaristas.
En el caso de Arias, dice que fue uno de los que dictaron la resolución que confirmó la condena de cinco años de cárcel para Fernando González Karjallo, en la causa por usura, lavado de dinero y denuncia falsa, donde su padre, Ramón González Daher, tiene pena de 15 años de prisión.
Sostuvo que su voto fue fundamental para ratificar el fallo. Además, dice que su madre, Delcia Karjallo, también solicitó varias cuestiones procesales y en todos los casos fue denegada por el camarista.
Sobre Andrea Vera, refiere que también intervino en el caso y resolvió por acuerdo y sentencia de 12 de agosto de 2022, con lo que con su opinión y voto confirmaron la resolución en su contra. Además, rechazó recursos planteados por la defensa de su madre.
La camarista Andrea Vera elevó un informe a la Sala Penal, señalando que el recusante no dio una causal válida para que sea apartada de la causa, ya que todos sus planteamientos fueron atendidos en tiempo y forma.
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Por su parte, Arias se inhibió de la causa, ya que entiende que dio su parecer sobre el fondo de la cuestión en la causa de su padre, por lo que le sobrevinieron causales legítimas de excusación, que le impiden resolver con ecuanimidad en la causa.
Ya en el análisis de la cuestión, los integrantes de la Sala refieren que “los motivos invocados no configuran una causal legalmente válida que permita cuestionar la imparcialidad o independencia de la Dra. Andrea Vera”.
“Es decir, no se ha demostrado la existencia de ninguna circunstancia que comprometa la imparcialidad de la magistrada, ni se configura causal legal alguna que justifique su apartamiento”, alegan.
Con ello, votan por rechazar la recusación contra la camarista Andrea Vera.
Respecto a Arias, ante inhibición del magistrado, se declara inoficioso el estudio de la recusación, por lo que remiten de nuevo el expediente al Tribunal de Apelación Especializado, Segunda Sala.
Con esto, el caso será juzgado por Andrea Vera y Paublino Escobar, el nuevo miembro de este Tribunal. Además, se debe integrar un miembro más ante la inhibición de Arnulfo Arias.
En el caso, hay varios recursos pendientes que traban y la preliminar está pendiente.