La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) aclaró que las empresas de transporte no emiten factura legal por la venta de pasajes, ya que las mismas no están sujetas al régimen general del IVA, sino que operan bajo el sistema de renta presunta. Mediante esta modalidad, los transportistas solamente tributan el 10% sobre el 7,5% de sus ingresos, es decir, el 0,7% de sus ventas. Ese gravamen ya está incluido actualmente en la estructura de costos del pasaje.
De acuerdo con la SET, los boletos impresos que emiten las compañías permisionarias por cada viaje son actualmente los comprobantes legales y tienen validez impositiva, pero al implementarse el billetaje electrónico deben encontrar un sustituto del documento tradicional. Para esto, iniciaron las conversaciones con el sector transportista y las emisoras de las tarjetas.
Para la Administración Tributaria, el tique que se emite al realizar la recarga podría ser utilizado como reemplazo, pero para eso debe reunir algunos requisitos como contar con timbrado y RUC activo.
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, tras una reunión con el director de Viceministerio de Transporte, Fernando Haider, dijo que se habló de las adaptaciones que se deben hacer en el billetaje electrónico y en las apps para que los documentos que impriman los usuarios sean válidos a los efectos tributarios. Pidió a los pasajeros que se registren dentro del sistema para que la transacción les sirva para justificar gastos.