Los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, declararon inadmisible la casación planteada por los abogados Lorena Soledad Espínola y Aurelia Mercado, en representación del condenado Espínola.
Atacaron la resolución del Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, de Itapúa, del 29 de noviembre del 2019, que confirmó el fallo dictado en el juicio oral de mayo del 2019, que le condenó a 6 años de encierro.
Los ministros dicen que el recurso que promovió la defensa no cumplía con los requisitos formales para su estudio, por lo que lo declararon inadmisible, por lo que quedó firme la condena.
Se probó que el 12 de abril del 2015, Aquino Leiva ingresó con su camión de gran porte para sacar rollos del Área de Reserva Parque San Rafael, los que fueron luego llevados a Encarnación.