El conductor de un colectivo que mató a una niña de 6 años fue condenado a 3 años y medio de cárcel, tras ser hallado culpable de homicidio culposo, en un juicio oral y público.
El percance ocurrió el 26 de setiembre del 2008, en el kilómetro 58 de la ruta II, luego de Kurusu Peregrino, en Caacupé, departamento de Cordillera.
La sentencia afecta a Luis Brítez Cantero, que había alegado en su defensa que la niña le salió imprevistamente y no pudo evitar atropellarla. La acusación del Ministerio Público fue defendida por el fiscal Marcelo Conigliaro.
UNANIMIDAD. Los jueces María Luz Martínez, Elsa García y Andrés Casati, por unanimidad, encontraron culpable al acusado del hecho investigado.
Los mismos entendieron que la pena justa por el caso era la de tres años y medio de prisión para el chofer del colectivo.
En el percance rutero, falleció la pequeña Paz Meliza Mariconi Candia (6), hija de Silvia Candia, ambas domiciliadas en el barrio Kennedy, del municipio caacupeño.
El acusado Brítez Cantero era conductor del ómnibus de la empresa La Ovetense, con placa AUE 008. Tras el percance había indicado a los policías que no pudo evitar el accidente porque la pequeña le salió al paso imprevistamente.
Sin embargo, en juicio oral, se probó que el ómnibus de pasajeros salió del carril para adelantarse a un ómnibus de línea interna de Caacupé y en ese momento atropelló a la pequeña de 6 años, que cruzaba la ruta.
VELOCIDAD. Se probó, según el argumento de los jueces, que el conductor iba a una alta velocidad, lo que hizo que no pudiera evitar atropellar a la niña.
Según se había indicado cuando ocurrió el percance, la menor, junto a otras criaturas estaba jugando a la vera de la ruta, mientras el colectivo avanzaba a gran velocidad. Ahí, la pequeña salió corriendo con el objetivo de cruzar la ruta, y fue atropellada por el colectivo.
La niña fue lanzada varios metros en el pavimento, donde las ruedas traseras, lado derecho le pisaron produciendo su deceso en forma casi inmediata.
La defensa del acusado sostuvo la inocencia, ya que el mismo actuó en forma correcta, al resguardar la vida de los pasajeros que llevaba. No obstante, el agente fiscal requirió la condena a los jueces del Tribunal.
Al final, al estudiar el caso, los jueces entendieron que existía reprochabilidad del acusado, por lo que le condenaron a los 3 años y medio de prisión.