El objetivo es garantizar un pago correcto y dentro del plazo legal. Las patronales tienen hasta el 31 de diciembre para cumplir con el pago de este beneficio.
El procedimiento es simple. Para calcular el aguinaldo se deben sumar todos los ingresos percibidos durante el año laboral, comprendido entre diciembre del año anterior y noviembre del año en curso. En este cálculo se incluyen el salario base, las horas extras, comisiones y otros ingresos habituales.
Sin embargo, existen conceptos que no deben computarse, como la bonificación familiar, los reposos médicos, los viáticos y otros subsidios. Una vez excluidos estos ítems, se obtiene el total de ingresos computables.
El paso final consiste en dividir ese monto total entre 12. Esta regla se aplica incluso en los casos en que el trabajador haya prestado servicios por un periodo menor a un año, ya que permite un cálculo proporcional, uniforme y acorde con las disposiciones del MTESS.
A modo de ejemplo, si un trabajador acumuló G. 34.788.576 en ingresos durante el año, su aguinaldo será de G. 2.899.048. En el caso de haber trabajado solo seis meses y percibido G. 17.394.288, el aguinaldo proporcional será de G. 1.449.524, aplicando el mismo método de división entre 12.
Además, el MTESS pone a disposición una Calculadora Digital de Aguinaldo, accesible en línea, que permite obtener el monto exacto ingresando los datos correspondientes a los ingresos anuales.
Con esta iniciativa, el Ministerio busca brindar información clara y accesible, asegurando que cada trabajador y trabajadora reciba el aguinaldo que le corresponde y que los empleadores cumplan correctamente con esta obligación legal.
En caso de incumplimiento –como el no pago en fecha o el abono de un monto inferior–, los trabajadores pueden realizar consultas o denuncias de forma presencial, telefónica o vía WhatsApp, incluso de manera anónima: Sede Central del MTESS (Herrera y Paraguarí, Asunción) y Oficinas Regionales, de lunes a viernes, de 07:00 a 15:00; al (021) 720-0100, o al WhatsApp (0993) 308-100.