24 abr. 2024

Caseros del diputado Tomás Rivas con penas de 2 años en nuevo juicio

El juzgamiento se hizo solo con respecto a la sanción penal. Los jueces aplicaron la prohibición de la reforma en perjuicio, y le aplicaron una pena menor a la que fue anulada y será suspendida.

Condena. Los tres condenados Reinaldo Chaparro, Nery Franco y Lucio Romero, en el costado izquierdo de la sala.

Condena. Los tres condenados Reinaldo Chaparro, Nery Franco y Lucio Romero, en el costado izquierdo de la sala.

Los tres caseros del diputado Tomás Rivas fueron condenados ayer a 2 años de cárcel, pero con la suspensión de la ejecución de la pena, en el nuevo juicio oral que se hizo con respecto a la sanción.

Así, la resolución afecta a Reinaldo Chaparro, Nery Franco y Lucio Romero, quienes tuvieron que afrontar el nuevo juicio por la nulidad parcial del primer juicio que dispuso el Tribunal de Apelación Penal.

La resolución fue dictada de forma unánime por los jueces Inés Galarza, Olga Ruiz y Víctor Manuel Medina, quienes integraron el Tribunal de Sentencia que los juzgó.

Los magistrados entendieron que se debía aplicar el principio de la prohibición de la reformatio in peius (reforma en perjuicio).

Es decir, porque solo apeló la defensa de los acusados, al anularse parcialmente la resolución y realizarse un nuevo juicio sobre la pena, no se podía aplicar una sanción mayor a la que tenían en el primer juicio.

Indicaron que, por esa razón, no podían aplicarles una pena mayor a los procesados en el caso.

JUICIO ORAL. El nuevo juicio con respecto a la pena inició ayer en tribunales. El fiscal de la causa, Luis Piñánez, en sus alegatos, solicitó 4 años y medio de cárcel para Chaparro y Franco, y 4 años de encierro para Romero.

Por su parte, la defensa de los procesados, encabezada por Enrique Kronawetter, dijo que debía probarse que ellos merecían la pena a ser aplicada. No obstante, requirió 6 meses de encierro para los tres encausados.

En el primer juicio, Reinaldo Chaparro tuvo 3 años de pena; Nery Franco y Lucio Romero tuvieron 2 años y medio, con lo que debían ir a prisión. Estas penas fueron anuladas, aunque se confirmó que eran culpables del delito de estafa.

Luego de escuchar los argumentos de las partes, los jueces deliberaron. Tras esperar cerca de una hora, los magistrados finalmente dieron su veredicto.

Explicaron que por la prohibición de la reforma en perjuicio no podían aplicar una pena mayor a la que les habían dado en el primer juicio oral, ya que solo la defensa había apelado.

Con ello, dijeron que no correspondían las penas requeridas por el Ministerio Público, y que por eso sostuvieron que la pena justa y útil era de 2 años de cárcel.

Dispusieron también que las condenas aplicadas serán suspendidas en su ejecución y que una de las condiciones será la de reparar el daño al Estado paraguayo.

La defensa sostuvo que estaba conforme, mientras que el fiscal señaló que estudiará los argumentos, con miras a una apelación.

Caso de legislador aún en la Corte
Con respecto al caso del diputado Tomás Fidelino Rivas, el juez de la causa, Raúl Florentín, había elevado el caso a juicio oral y público. Sin embargo, esto fue apelado por la defensa del encausado. Hasta ahora, el caso está trabado en la Corte, ya que hubo recusación de los camaristas y se halla en la Sala Penal para su estudio, según explicó el fiscal Luis Piñánez. El legislador colorado está acusado de estafa en grado de autor, y cobro indebido de honorarios en grado de complicidad, según la Fiscalía.

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