La restricción, publicada el lunes en el Diario Oficial de la Unión, no se aplica para el transporte de cargas ni para la entrada de extranjeros por vía aérea, que fue liberada el mes pasado.
La medida tampoco se aplica a brasileños que regresan a Brasil ni a extranjeros que tienen visa de residencia temporal o permanente en el país, así como a compañeros, hijos o padres de brasileños que obtengan la respectiva autorización. También podrán ingresar a Brasil, por vías terrestre o acuática, los extranjeros que cumplan misiones para organismos internacionales o que trabajen en el servicio diplomático de otros países.
La otra excepción se refiere a venezolanos residentes en ciudades fronterizas y que ingresen al país por vía terrestre o acuática.
CIUDADES GEMELAS. Las restricciones no impiden el tráfico de residentes fronterizos en ciudades gemelas, previa presentación de un documento de residente fronterizo y otro documento acreditativo, siempre que se garantice la reciprocidad en el trato de los brasileños por parte del país vecino. Tampoco impide el libre tránsito del transporte de carga por carretera.
El Gobierno brasileño ya liberó el ingreso de extranjeros por vía aérea por cualquiera de los aeropuertos del país, que están operando desde hace varias semanas.
Sin embargo, quienes pretendan ingresar por vía aérea tendrán que atender los requisitos migratorios.
La prohibición de ingreso de extranjeros a Brasil está en vigor desde finales de marzo y ha sido renovada en varias oportunidades. EFE