06 jul. 2025

Aún no se define quién multará a los que no utilicen tapabocas

Uso. El uso de mascarillas es obligatorio en espacios públicos.

Uso. El uso de mascarillas es obligatorio en espacios públicos.

De acuerdo con el Decreto N° 4455, establecido por la Presidencia de la República, el artículo N° 14 dispone la obligatoriedad del uso de tapabocas en todos los lugares cerrados, en la vía pública y en los lugares que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.

Algunas personas denunciaron que agentes de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) quisieron cobrarles una multa por no utilizar tapabocas en el interior de sus vehículos y señalaron que eso no está establecido en ningún decreto.

En respuesta a este tema, el director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Asunción, Benito Torres, indicó que para multar a una persona debe haber acta de intervención. “Si alguien dice ‘me quisieron multar’, eso lleva a otra cuestión, de gente que se quiere aprovechar de la situación o que obra de mala forma porque institucionalmente no hay aún instrucción en particular”.

Desde Salud señalan que es obligatoria la mascarilla en lugares públicos cerrados, en el auto se usa solo si se está con una persona que no es del núcleo familiar.

REGLAMENTO. “No se puede realizar ninguna multa aún porque como mínimo tiene que salir el reglamento del Poder Ejecutivo. Todavía no se definió quién va a realizar los controles, el que va a aplicar la multa es la Municipalidad en cooperación con la Policía Nacional, no se puede multar hasta que no haya mínimo un marco regulatorio. “La PMT no se puede encargar del control de la utilización de tapabocas, esperamos el decreto del Poder Ejecutivo”.