25 abr. 2024

Aristas del caso Efraín Alegre

Raúl Ramírez Bogado @Raulramirezpy

Foto UH Edicion Impresa

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El caso del presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Efraín Alegre, da mucho que hablar. Fue recluido en la Agrupación Especializada por incumplir una de las obligaciones de las medidas alternativas. Al tener un tinte político es difícil de analizar.

Creo que debe ser visto desde dos puntos de vista. Uno, el proceso judicial y el otro, sobre la conducta política del imputado.

En lo procesal, se cuestiona la imputación, que dicen es política, ya que la Fiscalía no explicó bien lo que tiene contra Alegre, lo que justifica las críticas al caso.

Con respecto al encausado, con su negativa a cumplir las medidas alternativas, y a apelar su prisión, es evidente que quiere aprovechar políticamente su situación. De la noche a la mañana, Alegre tuvo apoyo de todos los sectores sociales y partidarios, a más de cobertura mediática nacional e internacional.

Pero vamos paso a paso. La imputación fue presentada por el fiscal Édgar Sánchez, el 1 de junio del 2020, ante la jueza Cynthia Lovera. Era contra Pascual Benítez, Luis Moriz y Efraín Alegre por producción de documentos no auténticos, producción mediata y uso de documentos públicos de contenido falso.

Según Sánchez, Silvio Martínez, dueño de una estación de servicios, denunció que le contaron que era proveedor del PLRA y, al negarlo, recibió la copia de una factura suya del 19 de julio del 2018, por valor de G. 98.000.000. Luego, vio en sus archivos que la misma era por G. 100.000. La factura, a nombre del PLRA y firmada por Alegre, fue incluida en la rendición de cuentas de la entidad.

RECHAZO. Esa primera imputación fue devuelta por la jueza Cynthia Lovera, con relación a Efraín Alegre. Pidió al fiscal completarla. Específicamente, debía describir los hechos que se le imputaban. Eran dos líneas donde decían que la rendición de cuentas fue firmada por el político.

El 3 de junio del 2020, el fiscal Eugenio Ocampos, ante la recusación de Sánchez, completó la imputación.

Dijo que Alegre había presentado el 1 de junio del 2018 la rendición de gastos de las elecciones de ese año, donde estaba la factura clonada o falsa, para el pago del subsidio electoral. Lo malo es que la factura falsa tiene fecha del 19 de julio del 2018.

Finalmente, Lovera admitió la causa. Según el art. 303, del CPP –y esta es una interpretación de los tribunales de Apelación–, el juez no tiene otra opción que admitir la imputación.

Así llegamos al 16 de junio del 2020, para la audiencia de imposición de medidas. Ahí, el fiscal Ocampos de nuevo rectificó una parte de la imputación. Dijo que la rendición de cuentas fue hecha el 1 de abril del 2019.

Con el segundo cambio de los hechos, la defensa de Alegre pidió la nulidad del acta de imputación y la audiencia se pospuso. Al final, la nulidad fue rechazada por la jueza, lo que luego fue confirmada por el Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala.

Con esto, Alegre presentó ante la Corte una acción de inconstitucionalidad contra el rechazo de la nulidad de la imputación. Hasta ahora, no tiene resolución alguna.

En este escenario, con dos rectificaciones de la imputación, algo inédito en los tribunales, se llega al 25 de agosto del 2020, donde aplican las medidas alternativas.

CONDICIONES. La jueza le dio tres condiciones a Alegre. No salir del país sin autorización judicial, no cambiar de domicilio y una fianza personal por G. 150.000.000 prestada por una persona idónea en un plazo de 20 días hábiles. Aclaremos, no se paga la fianza, sino que una persona se compromete a abonarla en caso de fuga del encausado.

Alegre aclaró en ese acto que se negaba a cumplir las medidas. La resolución fue apelada igual y confirmada el 1 de setiembre del 2020.

Fue notificado el 30 de octubre del 2020 que debía cumplir con las medidas. El 27 de noviembre de ese año venció el plazo para presentar caución, por lo que –tras informe de la actuaria–, la jueza ya podía decretar la prisión.

El caso es que la resolución se dio dos meses después. Esto es lo criticado. El mismo abogado defensor reconoció que, ante el incumplimiento de la medida, debía darse la prisión de su defendido.

Algunos juristas dicen que no se cumplen los presupuestos para la prisión. Sin embargo, la jueza ya envió el caso a la Fiscalía para investigar un supuesto desacato.

Tenemos entonces que la imputación, modificada en dos ocasiones, la hace totalmente irregular. Es que la Fiscalía debe probar que Alegre sabía que la factura era falsa y quería usarla. La prisión es discutible.

Desde el lado de Alegre, pese a que la imputación sea irregular, ya está sometido a un proceso y no puede incumplir las órdenes judiciales. Es más, lo seguro es que puede salir sobreseído. Pero, al negarse a cumplir las medidas y a apelar su prisión, se nota que aprovecha políticamente la situación.

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