Se trata del artículo 32 del documento que deroga, entre otros artículos, en su inciso c) el numeral 7) del Artículo 386, el numeral 13) del Artículo 388, los artículos 2º, 329, 330, 334, 335, 346, 347, 383 y el Capítulo I del Título XIV de la Ley Nº 2422/2004 “Código Aduanero”.
Justamente en estos artículos se establece el porcentaje y distribuciones de las multas que se obtienen por faltas aduaneras: el 50% para los denunciantes y el otro 50% para Aduanas, que constituirá recurso institucional para financiar el Presupuesto de Gastos de la Dirección Nacional de Aduanas.
“Es el cambio que más me gusta, las multas ya no recibirán los funcionarios (esto siempre me generó preocupaciones). Las multas antes iban 50% a los funcionarios, lo que generó toda serie de problemas”, sostuvo Julio Fernández.
Mencionó que la intención ahora es que se implementen incentivos por rendimiento, es decir por cumplimiento de metas (si se alcanzan metas de recaudación).
El proyecto también elimina el artículo 239 del Régimen Tributario, el cual establece que el denunciante particular de cualquier infracción a la presente ley tendrá derecho al 30% de las multas que se aplicaren y cobraren al transgresor.
El proyecto que genera gran disconformidad de despachantes aduaneros, tributaristas, abogados y académicos fue sancionado esta semana por el Congreso Nacional.
Su tratamiento se dio con una llamativa celeridad en tan solo tres semanas de su ingreso al Parlamento.
El documento forma parte de un paquete de reformas institucionales que impulsa el gobierno entrante.