Las autoridades de estas instituciones se reunieron en la sede parlamentaria con el diputado Éber Ovelar (ANR), quien fue el proyectista de la normativa y preside la comisión contra el narcotráfico.
Alejandro Dávalos, asesor jurídico de Seprelad, consideró que los cambios introducidos por los senadores dejan sin ningún sentido los alcances de la ley, que elimina las acciones al portador.
“Incluyeron cosas que ya están previstas en la Ley Nº1334 del Comerciante; por lo que no era siquiera necesario modificar; entonces, lastimosamente recrimino que los senadores no se hayan tomado el tiempo para estudiar un proyecto tan importante para el país”, manifestó.
Por su parte, Fernando Benavente, titular de la Abogacía del Tesoro, pidió a los diputados que se ratifiquen en su versión y dijo que, en caso de ratificarse, buscarán la aprobación del Senado.
“Vamos a trabajar para que se apruebe esa versión (la Didiputados) porque consideramos la más adecuada; creemos que este es el sentido que necesitamos en materia de sociedades”, resaltó.
dictamen. El diputado Ovelar señaló que la próxima semana conversará con los miembros de la comisión a su cargo para emitir un dictamen, que estima será por el rechazo a los cambios introducidos por Senadores.
Consideró que en unos 15 días se podría tratar el proyecto en el pleno de la Cámara Baja, mostrándose confiado en que sus colegas se ratificarán en su versión de la ley. “Los senadores desnaturalizaron totalmente la ley al hacer que el canje de las acciones al portador sean de carácter opcional”, afirmó.
La Cámara Alta modificó el artículo Nº3, donde citan que el canje de acciones al portador por nominativas es solo de caracter opcional, bajo condición de informar sobre la lista de participantes de las asambleas de accionistas de una empresa a la Abogacía del Tesoro.
De hecho, esto ya está vigente a través de la Ley del Comerciante y, sin embargo, no es suficiente para identificar a los propietarios genuinos de las acciones de las empresas que son investigadas por presuntos casos de lavado de dinero.
También cambiaron el sentido del artículo Nº6, eliminando asi las sanciones económicas de hasta 500 jornales minimos que establecía la ley que nació en Diputados.
El proyecto original obligaba a que en un lapso de dos años, cuanto menos, el 90% del total de las acciones de una empresa sean nominativas, de lo contrario estarían imposibilitadas para seguir operando. Los senadores suprimieron las sanciones y solo dispusieron una suspension temporal para operar en el sistema financiero en caso de incumplir la ley.
Seprelad advierte que Paraguay se comprometió a través de la Ley 4100/10 con 40 recomendaciones de transparencia ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que en el 2018 realizará un control sobre el país y podría sancionarlo por no eliminar las acciones al portador.