18 abr. 2024

Más de 8.000 contribuyentes del IRP ignoraron declarar sus ingresos al fisco

Un informe de la SET revela que 2 de cada 10 aportantes inscritos en la renta personal no presentaron su declaración jurada. La institución espera los documentos para analizar posibles defraudaciones.

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Los contribuyentes deberán utilizar los mismos formularios del año pasado. Foto: Archivo ÚH.

Unos 8.087 contribuyentes del impuesto a la renta personal (IRP) ignoraron declarar sus ingresos del ejercicio fiscal 2016, según un reporte publicado por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). La liquidación de este gravamen venció en mayo de este año.

De acuerdo con el informe oficial, al cierre del año pasado, estaban inscritos como aportantes de la renta personal 42.147 personas. Sin embargo, al cierre de julio de este 2017, solamente fueron presentadas 34.060 declaraciones juradas, lo que equivale al 80% del total.

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Esto quiere decir que, de cada 10 contribuyentes, 2 no cumplieron con la presentación de sus documentos en fecha.

Reclamo. La directora de Fiscalización de la SET, Noelia Fariña, resaltó que como primera medida, la Administración Tributaria no permite sacar el certificado de cumplimiento tributario ni timbrar sus documentos al contribuyente que no presentó su declaración jurada.

Explicó que es como un bloqueo automático que se realiza, al mismo tiempo en que se inicia el proceso de reclamación para que aquellos que están en falta se acerquen a regularizar su situación.

Remarcó que la no declaración de sus ingresos no significa directamente un intento de fraude, sino que muchas veces el contribuyente se toma su tiempo para no cometer errores en su liquidación, o incluso, en algunos casos, no sabe que ya está alcanzado por el gravamen.

“Una vez que presenta, se le cobra una multa por presentación tardía, y si sale un impuesto a pagar, se le recarga la mora y el interés, según la ley. Recién con los documentos, podemos analizar si el contribuyente cometió una supuesta defraudación o incumplió alguna norma. La intimación viene recién después de eso”, expresó.

En ese sentido, según el Régimen Tributario, la mora se calcula sobre el importe del tributo no pagado y es del 12% si el atraso no supera cinco meses y del 14% si el atraso es de cinco o más meses. La defraudación, por su parte, es penada con una multa de entre el 100% y el 300% del monto del gravamen defraudado.

Cero de impuesto. Según el documento de la SET, cinco de los diez contribuyentes del IRP con mayores ingresos en el ejercicio fiscal 2016 no pagaron un guaraní al fisco.

El informe da cuenta que la tasa efectiva pagada por esta decena de grandes aportantes alcanzó, en promedio, solo el 1,6% del total de sus ingresos brutos.

Dos de los casos más llamativos se dieron con contribuyentes que tuvieron ingresos por G. 79.749 millones y G. 69.664 millones, respectivamente, pero declararon cero guaraníes de ganancia. Es decir, gastaron todo lo que ganaron.

El pago de este tributo se calcula restando del total de ingresos recibidos, todos los gastos e inversiones relacionados a la actividad gravada. A esta diferencia se le aplica una tasa de 10% u 8%, de acuerdo al rango de ganancia.

Para la Administración Tributaria, el abuso en las deducciones que realizan los grandes contribuyentes es lo que termina haciendo que paguen nada o casi nada al fisco.

La institución pretende impulsar una nueva ley que modifique el régimen del IRP, adecuándolo al sistema que existe en la región.

La recaudación por la renta personal representa actualmente apenas el 1,2% de los ingresos totales que registra la SET.