01 may. 2024

Flexibilidad con seguridad

Por César Barreto Otazú(*)

Por César Barreto Otazú (*)

Por César Barreto Otazú (*)

Lograr un empleo decente para todos los paraguayos seguirá siendo la prioridad más importante de las políticas públicas en los próximos años.

Dos décadas de estancamiento económico, entre 1982 y 2002, hicieron que la generación de empleo haya sido muy inferior al crecimiento de la fuerza laboral en ese periodo. A partir del 2003, con las reformas económicas y el auge internacional de los commodities, la economía y los empleos se dinamizaron.

Hoy, si bien hay más empleo, más de 650.000 personas se encuentran aún subocupadas en actividades de baja productividad, apenas el 20% de los trabajadores están cubiertos por el régimen de seguridad social y hay una elevada precariedad en las relaciones laborales.

Además, el dinamismo será menor y más difícil en los próximos años, debido a un escenario económico internacional más adverso y al fin del boom de los commodities.

Por lo tanto, tendremos que ser más creativos, esforzarnos más y ser más competitivos para seguir mejorando las condiciones de vida de la gente.

En este sentido, es necesario modificar algunos aspectos de la regulación laboral que hoy están generando incentivos perversos a las empresas y a los trabajadores que finalmente terminan reduciendo la competitividad de la economía y desprotegiendo a los trabajadores en periodos de recesión económica general o sectorial.

El aspecto más importante es el relacionado con la estabilidad.

Con la intención de proteger a los trabajadores, el Capítulo X del Código Laboral garantiza la estabilidad a los empleados que cumplan 10 años de antigüedad con el mismo empleador al prohibir la terminación del contrato laboral por voluntad del empleador sin el acuerdo previo del trabajador para la misma.

Si bien las intenciones son buenas, los incentivos que generan son altamente nocivos.

Las empresas quieren evitar la inflexibilidad para ajustarse a situaciones de recesión económica o la de no poder rescindir los contratos de empleados de baja productividad.

Por estas razones, muchas han adoptado como política la terminación de los contratos laborales antes de llegar a los 10 años de antigüedad de sus empleados y muchas a mantenerlos en situaciones de informalidad.

Por lo tanto, en la práctica, esta regulación que busca proteger a los trabajadores genera un incentivo perverso que termina con el efecto contrario, o sea, una mayor inestabilidad laboral.

Por lo tanto, la eliminación del Capítulo X del Código Laboral incrementaría sustancialmente la estabilidad laboral de todos los trabajadores en relación de dependencia, mejoraría las relaciones laborales al interior de las empresas e incrementaría la competitividad de la economía paraguaya para generar oportunidades laborales.

Un segundo aspecto importante es la necesidad de un seguro de desempleo.

Para proteger efectivamente los ingresos de los trabajadores del riesgo de pérdida de sus empleos por cualquier motivo, sería mucho más eficiente el diseño de un régimen de seguro de desempleo, que permita a los trabajadores mantener sus ingresos por un periodo y poder sostener a su familia, mientras busca su reubicación laboral.

Este seguro de desempleo debería ser autofinanciado con aportes de los empleadores sobre los salarios de sus empleados y reemplazaría al régimen de indemnizaciones previsto actualmente en el Código Laboral, en un modelo similar al vigente en países como Chile o Brasil y administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

La introducción de un seguro de desempleo reduciría significativamente la vulnerabilidad económica de los trabajadores y mejoraría la red de protección social vigente en el país.

Estas reformas simultáneamente pueden mejorar la competitividad de la economía del país, incrementar la seguridad económica de los trabajadores y generar estabilizadores macroeconómicos automáticos que redundarán inmediatamente en una mejor calidad de vida de la gente.

(*) Economista de Desarrollo en Democracia (Dende). Ex ministro de Hacienda.

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