De acuerdo con el informe, el decreto de expulsión de Robadín fue remitido este martes al arzobispo metropolitano y presidente de la Conferencia Episcopal Paraguaya, monseñor Edmundo Valenzuela, por Vicente Soria Fleitas, superior de la Provincia del Paraguay.
“Yo, Michael Brehl, superior general, procediendo de acuerdo con el canon 699 así como con el derecho propio de nuestra congregación, tras haber examinado todas las alegaciones presentadas por el interesado y tras haber recibido el voto secreto colegial afirmativo del Consejo General de nuestro instituto, y habida cuenta de la petición presentada por el correspondiente superior provincial y su consejo, de acuerdo con las normas del derecho, procedo y expulso al padre Pedro Jesús María Robadín Armadans como miembro de profesión perpetua de la provincia de Paraguay de la Congregación del Santísimo Redentor”, refiere la misiva dada a conocer este martes.
En la nota se indica que el resultado de la votación secreta para la expulsión fue de cinco votos afirmativos y de cero votos negativos.
Argumento
El motivo de esta expulsión, refiere la carta, es la ausencia ilegítima de la Comunidad Religiosa durante más de seis meses. Agrega que tras repetidas búsquedas, el interesado demostró su falta de voluntad de volver a la comunidad.
Añade que esta decisión tiene como base la Concordancia 665 Párrafo 1, Capítulo IV del Código del Derecho Canónico, el cual refiere que los religiosos han de residir en su propia casa religiosa, haciendo vida en común y no ausentándose de ella sin licencia del Superior.
Asimismo, se fundamenta en el Artículo 3, De la Expulsión de los Miembros, Concordancia 696 Párrafo 1, el cual refiere que un miembro puede ser expulsado por “causas graves, externas, imputables y jurídicamente comprobadas”.
El informe refiere que el padre Robadín no respondió positivamente a las exhortaciones de sus superiores a regresar a la congregación. Agrega que, de acuerdo con las normas del derecho y tras una ausencia ilegítima superior a seis meses, se hicieron dos moniciones canónicas sin recibir respuesta positiva.
Añade que el padre Robadín goza del derecho de recurso ante la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la notificación de este decreto de expulsión, después de ser confirmado por la Santa Sede. Si se hace el recurso, el decreto se suspende y no tiene efecto, salvo hasta la conclusión del proceso de recurso.
El decreto fue emitido en la Casa General de la Congregación del Santísimo Redentor el 8 de febrero de este año y fue confirmado por “Congregatio Pro Institutis Vitae Consecratae Et Societatibus Vitae APostilicae” en la Ciudad de Vaticano, el 11 de abril de este año. Agrega que el padre Robadín recibió la comunicación el 23 de abril.
Investigado
El padre Robadín está siendo investigado por la Justicia paraguaya por un caso que data del año 2012, sobre apropiación de joyas por valor de USD 15.000, ya fue acusado por la Fiscalía. También estaba implicado en un caso de denuncia falsa con Davis Yinde, ex titular de la Dirección Nacional de Tránsito (Dinatrán), por supuesta coima.