En tal virtud se eliminan los términos prejuiciosos o discriminatorios por aquellos que otorguen un trato respetuoso a las personas privadas de libertad, acordes a las disposiciones legales.
Con la medida adoptada se cumple el Código de Ejecución Penal, el mismo establece que los penales se deben denominar Centros Penitenciarios. Con lo cual se elimina la denominación “Correccional” para referirse a los penales que albergan a mujeres.
El ministro de Justicia, Ever Martínez, explicó que el objeto de los penales se basa en el tratamiento y reeducación, sin embargo, el término correccional se refiere a corregir y no educar.
Agregó además que, conforme a estudios académicos y científicos, la designación de títulos incorrectos puede producir estigmas sociales y daños a la condición humana y social de la persona que sale en libertad.
“Buscamos actualizar el tratamiento de las personas privadas de libertad y hacer respetar los derechos humanos, los cuales no pueden ser menoscabados”, precisó el secretario de Estado.
A partir de este martes los penales de mujeres del país pasan a llamarse: Centro Penitenciario para Mujeres Casa del Buen Pastor; Centro Penitenciario para Mujeres Juana María de Lara y Centro Penitenciario para Mujeres Serafina Dávalos.