El asesor de la Justicia Electoral, Luis Alberto Mauro, defendió la legalidad de la designación del español Lino Xavier Valencia Montes, como funcionario permanente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
Mauro, en nombre del vicepresidente del TSJE, Alberto Ramírez Zambonini, refutó las declaraciones del secretario de la Función Pública, Humberto Peralta, quien dijo que la designación de Valencia Montes es ilegal e inconstitucional, porque un extranjero no puede ocupar la función pública.
Valencia trabajó como consultor y asesor de la campaña política de Fernando Lugo y luego obtuvo un cargo en el TSJE, donde fue nombrado funcionario permanente desde el 01/09/2012.
Peralta informó que el artículo 101 de la Constitución Nacional otorga derecho solamente a los paraguayos para ocupar función pública. “Solo pueden ser permanentes, por lo tanto, funcionarios asignados al Presupuesto General de la Nación, los que tienen la nacionalidad paraguaya”, subrayó el secretario de Estado.
Mauro lo refutó y dijo que el artículo 47 de la Constitución, numeral 3, establece que “el Estado garantizará a todos los habitantes de la República (no solo paraguayos) la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad”.
Peralta también se basó en el artículo 14 de la Ley 1626, que otorga el derecho a ocupar cargos en la función pública como personal permanente solo a los que gozan de nacionalidad paraguaya.
Mauro refutó también esta crítica. Dijo que la ley de la función pública no rige para el TSJE porque esta institución promovió acción de inconstitucionalidad contra la misma y obtuvo una medida cautelar favorable. En su refutación, agregó que el artículo 23 de la Ley Orgánica Municipal dice que los paraguayos y los extranjeros radicados pueden ser intendentes y concejales. “Los extranjeros con radicación definitiva tendrán los mismos derechos que los ciudadanos paraguayos”, dijo Mauro que leyó el artículo.
“Entonces, si el extranjero puede ser electo, ¿cuál es el problema para ser designado para un cargo?, agregó.
Mauro también recordó a Peralta que el artículo 45 de la Carta Magna establece que “la enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la personalidad humana, no figuren expresamente a ella”. En este contexto, comentó que el derecho de los paraguayos no anula el derecho que también tienen los extranjeros.
PLANILLERO. El nombre de Valencia Montes está en la noticia luego de que este diario publicara la planilla de asistencia que le firmó la ex diputada y actual directora del área social de la Municipalidad de Asunción, Karina Rodríguez, mientras él (Valencia) viajaba al exterior.
Mauro responsabilizó a Karina Rodríguez de la eventual irregularidad en la asistencia del español en su trabajo, porque él fue comisionado del TSJE a la Cámara de Diputados, a cargo de la entonces legisladora. El asesor del TSJE explicó que el control a un funcionario comisionado debe estar a cargo de la institución que le recibe, y específicamente del jefe o jefa de la oficina donde trabaja.
Señaló que el legajo que enviaba Rodríguez al ente electoral sobre la asistencia del español era impecable. Allí ni siquiera figura un permiso. Si en el despacho de la legisladora hubo irregularidad, al TSJE no le consta, agregó.
El legajo de Valencia Montes pasó por todos los controles para el cobro de su salario, incluyendo el de Sistema Integrado de Administración de Recursos Humanos (Sinarh), dependiente del Ministerio de Hacienda, señaló.