Si bien la postura del Cones es la de acatar lo que resuelva finalmente el máximo órgano judicial, el fallo de los ministros de la Corte pone trabas a las labores que viene realizando el ente en pos de regular las ofertas académicas de nivel superior. “Evidentemente sentimos como si fuera un golpe a la institución esta medida, pero confiamos en que los líderes del país puedan mirar el trabajo positivo que está haciendo el Cones”, expuso.
La Corte suspendió –el jueves pasado– los efectos de la Resolución 166 que reglamenta la vigente Ley Nº 4995/13 de Educación Superior, hasta tanto resuelva sobre el fondo de la cuestión. La medida cautelar se otorgó ante una acción de inconstitucionalidad presentada por la Universidad Leonardo Da Vinci, Universidad María Auxiliadora, Universidad del Chaco, Universidad Central del Paraguay, Universidad del Sol y la Universidad Autónoma San Sebastián de San Lorenzo.
Lo que estas instituciones reclaman es que “no puede ser retroactiva” la Resolución 166 que obliga a las universidades a demostrar la implementación real de sus carreras, creadas entre 2006 y 2010.
“Es importante que todos los poderes del Estado sepan lo que el Cones viene realizando en estos últimos años; en que se tomaron determinaciones bastantes importantes con respecto a carreras en ciencias de la salud”, dijo al insistir en que confían en el respaldo de las autoridades para depurar las carreras del nivel terciario.
Fue un golpe esta medida, pero confiamos en que se pueda mirar el trabajo positivo del Cones.
Derlis Noguera, asesor del Cones.
Las cifras
90 carreras de salud fueron clausuradas hasta ahora, sin contar las que están en proceso de cierre.
75 por ciento de las ofertas académicas de nivel superior en el país fueron creadas entre 2006 y 2010.