El director del Servicio Nacional de Catastro (SNC), Francisco Ruiz Díaz, aseguró que si bien el Decreto 5775/16, por el cual se modifican valores fiscales para tierras rurales, establece cifras diferenciadas para las zonas rurales de algunos municipios, menores a las aplicadas para este año, igual las comunas estarían recaudando 250% más que el año pasado.
“En ningún caso los municipios van a recibir menos que en el 2015. El menor valor establecido es de 250%; es decir, los municipios no pueden decir que van a recaudar menos y van a perder”, enfatizó.
Afirmó además que, desde el momento en que se operativice la normativa, las recaudaciones van a aumentar “ya que los contribuyentes van a estar en condiciones de poder pagar sus obligaciones tributarias”.
Ruiz Díaz explicó que el decreto lo que busca fundamentalmente es lograr una mayor recaudación basada en el principio de “equidad tributaria”, ya que lo que hizo fue discriminar el valor de acuerdo con la explotación productiva de la zona.
Agregó además que municipios pertenecientes a Alto Paraná, Itapúa y Canindeyú mantuvieron los mismos valores fiscales fijados a principios de año, ya que son zonas mayormente explotadas.
LATIFUNDIOS. Sobre el rechazo de los intendentes al decreto, por beneficiar supuestamente a los grandes latifundistas, el director de Catastro explicó que lastimosamente la ley no ataca la concentración de tierras. “Este decreto no nos permite discriminar entre grandes productores y pequeños productores”, señaló.
Dijo que “no se puede usar el impuesto como arma para atacar a los latifundistas porque si Catastro sube excesivamente el impuesto no solo ataca a los grandes, sino también a los pequeños productores”, reiteró.
MOROSIDAD. El titular de Catastro aseguró que con el incremento de hasta cuatro veces del impuesto muchos productores tuvieron que dejar de cumplir sus obligaciones.
En ese sentido, anunció que el miércoles el SNC estará presentando un informe sobre el índice de morosidad por cada distrito y lo que se recaudó hasta ahora y lo que se debió recaudar.
“Tenemos preparado un informe de la morosidad, distrito por distrito, que se va a basar en dos conceptos; en primer lugar, sobre lo que ellos (los municipios) debían recaudar de acuerdo con las liquidaciones que les da Catastro y el segundo tiene que ver con lo que ellos declaran haber recaudado”, dijo.
El año pasado, con base en la Ley 5513/15 (que modificó varios artículos de la Ley 125/91, relacionados con la aplicación del impuesto inmobiliario), el Poder Ejecutivo incrementó entre tres y cuatro veces más el valor fiscal de las tierras rurales, y las clasificó en cuatro tipos de suelo: tierras agrícolas, campo agropecuario, tierra agrosilvopastoril, campo pecuario; con base en tres especificaciones: áreas boscosas, áreas poco productivas, y zonas agrológicas naturales. La tasa del impuesto inmobiliario continúa siendo del 1% del valor fiscal.
Debido a que los valores fiscales fijados para la aplicación del impuesto inmobiliario estaban basados en datos de 1990, Catastro los actualizó con base en informes proporcionados por un grupo de instituciones como el Servicio Geográfico Militar, Ministerio de Agricultura, Meteorología, y tras visitar a algunos municipios.
respuesta. La Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci) se reunirá hoy, a las 9.00, para definir las acciones a realizar en contra del citado decreto. María del Carmen Benítez, presidenta de la Opaci, explicó que un equipo técnico está evaluando las implicancias del decreto y no descartan accionar judicialmente.