La denuncia hablaba de avestruces, pero esto no fue lo que se encontró en un primer momento. No obstante, a través de una cámara oculta se halló que, efectivamente, había animales silvestres en deplorables condiciones, informó Telefuturo.
Uno de ellos, un monito bebé, se encontraba en el interior de una bolsa, dentro de una caja de cartón.
Posteriormente se hicieron presentes en dicho local representantes de la Dirección de Medio Ambiente de la Corte Suprema de Justicia, de la inspectoría del Mercado 4 y de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Asunción.
En el video se observa cómo se ofrece a un ciudadano brasileño un monito por el precio de G. 1 millón, pero que le haría un descuento de G. 200.000.
Además del mono, en el local se encontraron otras especies como gallinas, conejos y hámsteres.
Los propietarios de estas especies no pueden ser cómplices del tráfico ilegal de animales silvestres y se arriesgan a ser imputados por delito ambiental, que tiene pena carcelaria.
La ley 716/96 tiene como autoridad de aplicación a la Fiscalía Ambiental (Ministerio Público) y señala en su artículo 1.º que la legislación protege el medio ambiente y la calidad de vida humana, así como el equilibrio del ecosistema y el uso racional de los recursos naturales, sanciona con penas penitenciarias y económicas los delitos contra el medio ambiente.
Por su parte, la SEAM es autoridad de aplicación de la Ley 96/92 de Vida Silvestre, que indica en su artículo 37.ª que está prohibida la caza, transporte, comercialización, exportación, importación y reexportación de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuenten con la expresa autorización de la Autoridad de Aplicación.