01 may. 2024

Acción ante Corte por datos de la terna de fiscal general

Para determinar el límite entre la información pública y la privada, el Grupo Impulsor de Acceso a la Información (GIAI) planteó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte contra los fallos del amparo que promovieron para saber datos de cómo se eligió la terna para fiscal general.

Inconstitucionalidad.  Iván Medina, Victoria Rivas y Juan Pablo Fernández, en tribunales.

Inconstitucionalidad. Iván Medina, Victoria Rivas y Juan Pablo Fernández, en tribunales.

La acción fue promovida por Romy Fischer, Ezequiel Santagada y Marta Ferrara, bajo patrocinio de los abogados María Bogado, María Victoria Rivas, Iván Medina y Juan Pablo Fernández.

Atacan la resolución del 6 de noviembre pasado del Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Primera Sala, que ratificó la sentencia dictada por la jueza en lo Civil, del 17º Turno, Karen Leticia González.

Los mismos habían hecho lugar parcialmente al amparo promovido por los recurrentes para conocer todos los datos utilizados, a fin de elegir la terna de candidatos para Fiscalía General del Estado.

La terna se integró con Javier Díaz Verón, Sandra Quiñónez y Victoria Acuña. El presidente Horacio Cartes designó a Quiñónez para el cargo. Se espera el acuerdo del Senado, que no tuvo cuórum el pasado lunes para sesionar sobre el tema.

La jueza había concedido la mayoría de los pedidos, salvo el test sicotécnico tomado a los candidatos, con el argumento de que era violatorio del derecho de la intimidad.

ARGUMENTOS. La acción critica los fallos, a los que califica de arbitrarios, ya que no están fundadas convenientemente. Dicen que la jueza González rechazó dar a conocer los resultados de los test de integridad, capacidad y personalidad de cada postulante.

Alegan que la magistrada dijo que en el test se hacen varias preguntas que atañen al comportamiento, sentimientos, opiniones, orientación política y cultural, a más de estabilidad emocional, agresividad, lealtad, entre otros, cuyos resultados podrían contener datos sensibles que afectan la intimidad de la persona.

Argumentan que el voto del camarista Juan Carlos Paredes habla de que los test indagan la siquis del individuo, incluso, orientaciones o inclinaciones políticas, amorosas o sexuales, reprimidas u ocultas, lo que afectarían la imagen de los candidatos ante la sociedad si son dados a conocer.

Dicen los accionantes que los mismos resolvieron la cuestión sin saber realmente lo que se consultaba en los test. Indican que estas preguntas citadas por los jueces, si se dan por parte del Estado, no sería ético ni moralmente aceptable y podrían ocasionar discriminación.

Indican que al postularse al cargo de fiscal general, se expusieron al escrutinio público de sus aptitudes y honorabilidad. Sin embargo, apuntan que no en el grado suficiente para afectar su intimidad personal.

Acotan que no toda información personal o privada debe ser resguardada. Sostienen que la información de los test sicotécnicos caen dentro de la información pública.

Dicen que al conocerse los datos, se van a transparentar y mejorar los sistemas de selección. Piden anular el fallo de apelación y que sea estudiado por otro tribunal.

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