09 jun. 2025

Vía libre para que la Fiscalía indague operación de YEM SA

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declara nula la medida cautelar a favor de la firma YEM SA (Par de Ases), propiedad de Yamil Esgaib, para la explotación de casas de apuestas deportivas en las modalidades presencial y online.

El pedido de nulidad fue presentado por la Procuraduría General de la República, en representación del Estado.

Con el fallo de la Sala Penal de la Corte, el Ministerio Público tiene el camino abierto para investigar la operación ilegal en el sistema financiero, realizada por la referida firma comercial.

Esto, teniendo en cuenta que la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) confirmó que los locales pertenecientes al empresario Esgaib no se encuentran habilitados para actividades de apuestas deportivas.

Por ello, la Fiscalía había formulado imputación contra el empresario por la trasgresión de la Ley 4716/12, cuya expectativa de pena es de 5 años o multa.

Provisoria. Según los antecedentes, la Conajzar había otorgado una autorización provisoria a la firma YEM SA, para explotar las apuestas deportivas en dos locales en Asunción y otros dos en Ciudad del Este.

Exclusividad. Sin embargo, posteriormente dichas autorizaciones fueron revocadas en atención a la adjudicación, realizada tras una licitación pública, del juego de las apuestas deportivas con carácter de exclusividad en todo el territorio a la firma Darumasam SA (Apostala).

En su denuncia, los representantes de Apostala afirman que los locales de la firma YEM SA no están habilitados por la Conajzar, ya que aunque posee una medida cautelar, esta no puede ser cumplida por la entidad de control del Estado, debido a que existe una orden judicial que obliga a la firma a presentar una póliza de seguro como contracautela, por el valor de G. 300 millones.

El depósito para la póliza no fue realizado, por lo que el permiso temporal otorgado por la Conajzar carece de legalidad, según sostienen los representantes legales de la firma Darumasam, conocida bajo el nombre de Apostala.

Pese a dicha situación, la firma Yem SA siguió operando, por lo que el tema fue a los estrados judiciales.

Yem SA se amparaba en el permiso provisorio para operar en los locales mencionados e incluso en otros no señalados.