28 abr. 2024

Vía ley, Ríos sugiere debate presidencial obligatorio y público

Diálogo. Víctor Ríos conversa con Fernando Silva Facetti  y Hermelinda Ortega.

Diálogo. Víctor Ríos conversa con Fernando Silva Facetti y Hermelinda Ortega.

Un proyecto de ley que establece la obligatoriedad de debates preelectorales públicos entre candidatos a presidente de la República está pendiente en el Senado.

La propuesta fija sanciones a los partidos políticos que se nieguen a participar, como no percibir el subsidio ni espacios gratuitos en los medios.

El documento, que fue presentado por el senador liberal Víctor Ríos, propone que el debate sea transmitido en vivo por todos los medios de difusión pertenecientes al Estado paraguayo.

Se argumenta que eso permitirá asegurar masividad y cobertura territorial, eliminando cualquier restricción al acceso público al evento.

El senador considera que los debates entre los candidatos presidenciales tienen un formato único que ofrece lo que ningún otro puede brindar.

“Solo en los debates se ubica a los candidatos ante una situación de directa contraposición, en contraste mutuo. In situ se posibilita el cotejo de opiniones y actitudes de forma transparente, evidente y sencilla“, explicó el liberal.

Indicó que si todas las acciones que puedan garantizar el derecho a la información fortalecen las condiciones mínimas de funcionamiento de nuestra democracia, entonces se puede sostener que el debate es un bien público.

“Los debates presidenciales constituyen un enorme progreso en términos de calidad democrática. Lograr una discusión pública entre los candidatos presidenciales constituiría una mejora sustantiva en la competencia electoral, en el debate público y en el funcionamiento mismo de las instituciones de nuestro sistema político”, aseguró.

Uno de los artículos establece que los debates serán transmitidos en vivo y en directo, y sin cortes, por todos los medios de difusión pertenecientes al Estado paraguayo, y a través de internet.

Se estipula que las señales radiofónicas y televisivas serán puestas a disposición de todos los medios públicos y privados del país que deseen transmitir el debate de manera simultánea.

REGLAMENTO. Plantea que la autoridad de aplicación será el Tribunal Superior de Justicia Electoral, el cual convocará a quienes estén obligados a participar en los debates preelectorales, en los cinco días hábiles posteriores a la proclamación como candidatos a presidente de la República.

Los mismos participarán de una audiencia destinada a acordar el reglamento de realización de los debates, las fechas, la designación de los moderadores y los temas.

Se propone que los debates durarán dos horas, si participaren dos candidatos, y tres horas si fuesen tres o más.

Se sugiere que en todos los casos se le destinará igual cantidad de tiempo a las exposiciones y réplicas de cada candidato participante.

En cuanto al orden de exposición, será sorteado por los moderadores en vivo.

Otra cuestión es que los debates deberán destinar como mínimo un bloque a la realización de preguntas del o los moderadores.

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